Interpretación legal
Señor Director: El reciente fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena confirma un hecho preocupante: la Dirección del Trabajo ha sobrepasado sus atribuciones al interpretar de manera arbitraria la reducción inicial de jornada laboral contemplada en la ley de 40 horas. En vez de ceñirse al marco normativo, ha intentado legislar, imponiendo restricciones no establecidas en la ley. La normativa que reduce la jornada a 40 horas semanales no especifica cómo debe aplicarse esta disminución inicial. Sin embargo, la administración, en un acto de extralimitación de funciones, ha sancionado a empleadores por implementar la reducción de forma gradual, fraccionada en minutos diarios. Esta interpretación no solo carece de sustento legal, sino que también genera incertidumbre jurídica y atenta contra la seguridad de las relaciones laborales. Es inaceptable que un organismo administrativo asuma funciones legislativas que no le corresponden. La creación y modificación de normas es atribución exclusiva del Congreso, y es a los tribunales a quienes compete su correcta aplicación. Respetar la separación de poderes es fundamental para garantizar la certeza jurídica. Lamentablemente, la administración persiste en su afán de crear normas que no le corresponden, excediendo sus atribuciones e imponiendo sanciones por situaciones no previstas en las recientes modificaciones a la legislación laboral.
Luis Celis
Director Aérea Laboral Carrasco, Toro y Cía