Eliminación del Comité de ministros en el SEIA
Señor Director:
En derecho regulatorio existe el riesgo de que un buen diseño no funcione por factores externos. Es lo que ocurrió con el Comité de ministros en el SEIA. El diseño original supuso una segunda instancia de control administrativo, el Comité, y una revisión jurisdiccional de amplio alcance a cargo del Tribunal Ambiental, ambos con alta especialización técnica. Por último, en la Corte Suprema quedaría radicado el control del derecho.
La Corte Suprema -en uso de sus atribuciones constitucionales- ejerció en los hechos un control pleno. Por su parte, el Comité de ministros -en proyectos de alta connotación- se vio influenciado por decisiones políticas y no, como era el diseño, de política pública.
Resultado: un procedimiento anómalo, con dos instancias administrativas, una ambiental especializada y la Corte Suprema.
La eliminación del Comité evita una revisión redundante y favorece la certidumbre. Quienes defienden su existencia señalan la importancia de la decisión política en proyectos relevantes, pero existe un profundo error: las políticas públicas tienen vías diversas de expresarse, las que no debieran diseñarse y/o implementarse a través del sistema que evalúa los impactos ambientales de un determinado proyecto de inversión.
Javiera Estrada Q.
Abogada Quinzio & Olivares