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Cartas

Cartas al Director

Por: Equipo DF

Publicado: Martes 11 de noviembre de 2014 a las 05:00 hrs.

Reforma educacional

Señor Director:
Con este encabezamiento, en carta del 4 de noviembre, don Luis Enrique Soler Milla, se refiere que la "Reforma Educacional" no prevé revertir el mal resultado de la educación estatal, pero sí quiere destruir la actividad de los colegios particulares subvencionados que son mejores, "por el simple hecho de que el Estado les hace un aporte".
Lo anterior contribuirá a mantener la ignorancia de una parte relevante de la población y con ello la pobreza y la desigualdad. Los padres y apoderados que no disponen de medios suficientes para matricular a sus hijos en la educación privada, pero que no desean que asistan a la educación estatal gratuita, prefieren pagar algo matriculándolos en la educación subvencionada para que tengan una mejor educación que en la pública. Esto porque no quieren que sus hijos sean iguales, es decir igualmente ignorantes que los que egresan de la pública; quieren que sean desiguales porque los quieren mejores que esos; asimismo los padres los quieren desiguales a ellos mismos, los quieren mejores que ellos mismos que fueron a la educación pública.
Pero el gobierno, por razones ideológicas, quiere negarle a los padres la libertad de elegir, quiere coartarles la posibilidad de que sus hijos sean mejores, porque el gobierno busca acrecentar la "igualdad"; pero los ejecutivos de gobierno no mandan a sus hijos a las escuelas públicas.

Joaquín Melgarejo G.

Repatriación de dineros desde el extranjero

Señor Director:
Hemos observado cierta ansiedad del público asistente a foros y seminarios, acerca de la ventana tributaria de repatriar dineros no declarados en el extranjero, ya que luego de ser explicada y revisada íntegramente, hace borrar las sonrisas preliminares de los interesados. Esto porque si bien es "voluntaria", aquel que no la haga y luego sea fiscalizado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), se verá enfrentado a una agravante que tiene la ley, relacionada con la responsabilidad de no hacerlo. Entonces, la pregunta de rigor es si en el fondo la disposición es o no voluntaria.
Demás está decir que esta declaración no implica la repatriación de capitales, pero sí deberá hacerlo con sus efectos tributarios, es decir, deberá declarar las utilidades futuras. Esto, sin considerar que para el proceso el contribuyente deberá entregar las llaves de las cerraduras bancarias, o sea, habrá levantamiento del secreto bancario.
Además, el contribuyente debe contar con toda la documentación de respaldo y valorar sus activos y capitales, de acuerdo al valor de mercado de éstos, valorización que puede ser tasada por la autoridad en la cantidad y valor de los mismos. En consecuencia, podría resultar no tan rentable o incluso, no tan interesante el citado proceso.

Cristián González, abogado asesor RSM Chile Auditores

Cambio de criterio en la SVS

Señor Director:
Resulta preocupante el cambio de criterio de la SVS que a través del Oficio Circular N°856 del pasado 17 de octubre, indica que los efectos del cambio de tasa de impuesto de primera categoría, las empresas deberán llevarlo a patrimonio y no a resultado tal como lo señala la NIC 12 emitida por el IASB.
Lo preocupante es que un organismo que defendió con tanto ahínco la aplicación de la norma original y sin intervención de ningún tipo (por ejemplo no aplicar la norma traducida por el Colegio de Contadores de Chile), haga este tipo de cambios, creando lo que algunos señalan como "incertidumbre jurídica".
A contar del año 2017 las empresas tendrán que tributar también por las utilidades financieras, las cuales se determinan de acuerdo las IFRS.
La pregunta que surge aquí es qué va a pasar si la SVS sigue cambiando las normas IFRS a través de oficios. Los efectos pueden tener repercusiones en otros ámbitos de acción que no están bajo la tutela de la SVS.

Armando Rosales V., Contador Auditor

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