Google podrá mantener los contenidos retirados por el derecho al olvido fuera de la Unión Europea
El Tribunal de Justicia de la Unión reconoció que el derecho a la protección de datos debe mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales, como la libertad de expresión.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló que los motores de búsqueda como Google pueden limitar la aplicación del llamado "derecho al olvido" a la Unión Europea, y por tanto mantener los contenidos retirados de los dominios europeos accesibles desde fuera de la UE.
El TUE dio la razón a Google en su litigio con las autoridades francesas. El gigante buscador permite a los ciudadanos de la Unión Europea solicitar desde 2014 la retirada de información personal que aparece en los resultados de búsqueda de la compañía.
El conocido como derecho al olvido se aplica desde entonces sólo a los resultados a los que se accede desde dentro de los países miembros de la Unión, pero no así si se hace desde fuera.
Es por ello que el regulador de protección de datos francés (CNIL) exigía al buscador un derecho al olvido global', es decir, que esos resultados que Google retirara para Europa también lo haga para el resto del mundo.
Equilibrio de derechos
El Tribunal de Justicia de la Unión sentenció que Google podrá seguir aplicando la retirada de contenidos sólo para los países miembros pues reconoce que el derecho a la protección de los datos "no constituye un derecho absoluto" y debe mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales, con arreglo al principio de proporcionalidad, sabiendo que dicho equilibrio puede variar "significativamente" en las distintas partes del mundo.
Asimismo, el Tribunal con sede en Luxemburgo asume que "se pueda acceder a información comprometida sobre una persona con intereses en la UE desde cualquier lugar del mundo puede tener efectos inmediatos y sustanciales sobre esa persona, por lo que señala que retirar tales contenidos en todo el mundo respondería plenamente al objetivo de la protección que persigue el Derecho comunitario".
Las autoridades francesas habían exigido a Google la supresión de su lista de resultados en todo el mundo de la información que debiera de eliminar tras aceptar la solicitud de un particular para borrar determinados datos. El gigante tecnológico, sin embargo, se limitó a suprimir los vínculos de los resultados mostrados como respuesta a las búsquedas efectuadas desde los nombres de dominio correspondientes a las extensiones de su buscador en los Estados miembro de la UE, informa Europa Press.
El regulador galo consideró estas medidas insuficientes e impuso una multa de 100 mil euros a Google, que recurrió la sanción ante el Consejo de Estado francés, institución que elevó el asunto al TUE. La legislación europea reconoce el derecho de particulares a pedir a los motores de búsqueda que eliminen información personal bajo determinadas situaciones, por ejemplo que los contenidos enlazados estén desactualizados o carezcan de relevancia pública.