Inequidad tributaria
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Señora Directora:
A pocos días de la puesta en marcha del IVA a los servicios, es importante destacar de entre la serie de efectos que esta medida tiene, la vulneración del principio de equidad tributaria consagrado en la Constitución. Este principio asegura que todos los ciudadanos contribuyen al financiamiento del gobierno y de los servicios públicos de manera justa y proporcional a sus posibilidades económicas.
Sin embargo, si una misma actividad económica, que es desarrollada por personas distintas, se trata de manera diferente, con respecto al IVA, esto puede dar lugar a una enorme distorsión en los mercados de estas actividades. Esto es grave, ya que los consumidores finales, las personas, que contraten el servicio con la persona A, pagarán impuestos, mientras que quienes contraten el mismo servicio con la persona B, no se verán afectadas con este tributo.
Sumado a esto, agregamos un nuevo elemento de inequidad, ya que las personas con mayores recursos tienen, por lo general, mayores conocimientos en materias tributarias o cuentan con asesores que le permitan considerar este aspecto a la hora de contratar a un determinado prestador.
De esta forma, la modificación al decreto ley 825, que permite que el mismo servicio pueda estar afecto o no a IVA en función de las características de la persona que lo presta, atenta directamente a los principios generales de equidad tributaria.
Bruno Corvalán A.
Socio de Franco y Corvalán Asociados