Consejo de Defensa del Estado pide a la justicia reponer el instructivo de parcelaciones rurales y alerta por daños ambientales
Afirmó que se contradecía con el fallo de la Suprema que prohibió vender terrenos en Puertecillo.
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Después de más de cuatro meses, el 7° Juzgado Civil de Santiago tomó una medida precautoria y suspendió temporalmente el instructivo del Ministerio de Agricultura mediante el cual ordenó al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) dejar de autorizar loteos que pudieran tener fines inmobiliarios.
Con esto, el tribunal abrió un juicio entre la cartera y Chile Rural, gremio de parceleros que presentó la denuncia, acusando que el Gobierno se estaba tomando atribuciones que corresponden al Congreso.
La respuesta no se hizo esperar. Este miércoles, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) interpuso un recurso de reposición para dejar sin efecto la suspensión de la circular.
Entre sus razones, el organismo esgrimió que no se permitió “a la autoridad administrativa exponer argumentos refutatorios” y que la medida prejudicial debía solicitarse previo a la demanda.
Por otra parte, el CDE alertó de que “la medida precautoria podría generar perjuicios gravísimos que superan el hipotético y no demostrado riesgo que se busca evitar”.
Con esto, el Consejo aludió al impacto ambiental de los loteos: “No cabe duda que permitir de manera descontrolada la expansión urbana a través de desarrollos inmobiliarios en zonas agrícolas genera un enorme riesgo de afectación severa al medio ambiente y serios problemas para la población”.
Así, el Consejo enumeró efectos como la masificación de un modelo inmobiliario irregular y sin planificación urbana, expansión horizontal no planificada y colapso de la infraestructura.
El CDE también argumentó que la medida se contradice con el fallo de la Corte Suprema que prohibió la venta de terrenos del proyecto Punta Puertecillo (en Litueche, Región de O’Higgins) y que multó con $ 3.650 millones a la inmobiliaria de Jorge Gálmez, dueño del Mall Sport, que lo estaba impulsando.
“En completa armonía con las medidas adoptadas por el SAG, el máximo tribunal determinó que el proyecto no era en realidad una subdivisión de predio rústico, sino que constituyó un desarrollo urbano que debió someterse a la evaluación ambiental”, sostuvo el organismo estatal.