Dirección del Trabajo actualiza instrucciones para fiscalizaciones y denuncias ligadas al Covid-19 serán prioridad
Servicio priorizará fiscalización en terreno de materias relacionadas al Covid-19, así lo informó a través de una nueva circular.
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A inicios de agosto, el Gobierno anunció el denominado "Plan Paso a Paso Laboral", una guía práctica para trabajadores y empleadores con recomendaciones para un desconfinamiento seguro en el ámbito del trabajo, que tiene por objeto establecer medidas preventivas para disminuir los riesgos de contagio.
Por este plan, y la posterior entrega de diversas recomendaciones por parte de la autoridad, la Dirección del Trabajo debió actualizar sus lineamientos en materia de fiscalización, los que fueron difundidos a través de la Circular nº 73, en la cual el servicio imparte nuevas instrucciones de fiscalización en materia de seguridad y salud por la enfermedad Covid-19 en lugares de trabajo.
"La circular viene a sistematizar las instrucciones que ya se habían emitido en relación a la fiscalización de las materias relacionadas con el Covid-19. Acá la importancia de esta circular es que reafirma al formulario único de fiscalización como un instrumento para proceder a las fiscalizaciones en terreno, y también le da la característica de urgente a todas aquellas denuncias que tengan relación con el Covid-19", comentó la directora del Trabajo, Lilia Jerez.
La entidad instruyó que se realizarán fiscalizaciones en terreno cuando las materias denunciadas se refieran a condiciones de alto riesgo de contagio de coronavirus en los lugares de trabajo. "La fiscalización presencial asociada al Covid-19 tiene la característica de ser urgente", es parte de lo que dice el texto.
¿Qué escenarios se consideran como de alto riesgo? De acuerdo al documento de la DT: alta densidad o número de trabajadores en espacios comunes o que exista cercanía que pueda propender al contagio; lugares sin distanciamiento físico mínimo de al menos un metro; lugares de trabajo que no cuenten con ventilación o que esta sea deficiente; y lugares sin agua potable y jabón para el lavado de manos; lugares sin limpieza ni desinfección; entre otras.
En línea con esto, el servicio agrega que mantendrá las fiscalizaciones vía remota en los casos que no tengan relación con las materias anteriormente señaladas.
Obligación de informar
En el texto, la DT reitera la obligación del empleador de mantener al tanto a sus trabajadores respecto a los riesgos asociados al Covid-19.
Sobre esta materia, la entidad recuerda que se debe informar respecto a las vías de transmisión, signos y síntomas, acciones si presenta síntomas, medidas de autocuidado; también sobre las medidas preventivas que ha determinado la empresa adoptar y las modificaciones que podrían tener los procesos de trabajo con estas medidas preventivas, y los métodos de trabajo correctos a partir de los cambios en los procesos, incorporando las medidas de higiene que deben ser implementadas para prevenir o controlar el contagio.
"Las medidas preventivas y métodos correctos de trabajo podrán incluir la adopción de medidas administrativas tales como: rotación de personal, entrada y salidas diferidas, adopción de medidas de separación o aislamiento de personal en casinos o lugares de alojamiento, disposición de teletrabajo (en la medida que sea posible), incorporación de barreras de separación entre puestos de trabajo o lugares de atención de público. En este último evaluar la disminución de las horas de atención dentro de la jornada laboral, entre otros", ejemplifica el servicio.
Exámenes
Los exámenes preventivos son otra de las materias que el servicio abordó en la circular, que parte señalando que el artículo 184 del Código del Trabajo plantea que las medidas de prevención y protección de los trabajadores son de responsabilidad del empleador.
"En virtud de ello, no es posible dar traslado de esta responsabilidad ni su costo a los trabajadores, requiriendo que éstos sean los que gestionen la realización de los exámenes de PCR", dice el documento.