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Una mirada a la Ley de Impuesto Territorial

Sebastián Franco A. Abogado tributarista, socio de Franco y Corvalán

Por: Sebastián Franco A. | Publicado: Martes 5 de diciembre de 2023 a las 04:00 hrs.
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Sebastián Franco A.

El Impuesto Territorial -el cual se aplica a todos los inmuebles, dividiéndose en primera y segunda serie y la sobretasa por contribuciones a bienes raíces que genera pagos al Fisco por $484 mil millones en tres años- ha generado errores en el catastro, falta de transparencia y desproporción en la carga fiscal que deben ser abordados de manera responsable y con el objetivo de garantizar un sistema tributario justo y equitativo.

La sobretasa 7 bis es un impuesto progresivo que implica una carga extra que se agrega al valor fiscal de las propiedades del contribuyente, sea persona natural o jurídica. Se aplica sólo si el valor total de esas propiedades supera las 670 unidades tributarias anuales, lo que equivale a más de $ 516 millones de pesos. En resumen, esta sobretasa se cobra cuando la suma del valor de una o varias propiedades es mayor que ese límite establecido.

“La sobretasa del art 7ºbis no es otra cosa que un impuesto a los ‘súper ricos’ disfrazado”.

Los pagos son 50% más altos que la recaudación fiscal esperada por el sobrecargo de este impuesto. El SII señaló que el Informe Financiero de esa ley proyectaba que la recaudación por esta sobretasa aumentaría desde unos $101 mil millones para 2020, luego $107 mil millones en 2021 y casi $115 mil millones para 2022. En total para ese trienio, unos $323 mil millones.

A la luz de los pagos registrados hasta ahora para el período, el Fisco recauda 50% más de los recursos previstos, dando un total de $ 484 mil millones recaudados. Datos del Servicio de Impuestos Internos muestran que el cobro tributario que empezó en 2020 ha afectado a 62 mil contribuyentes a lo largo del país, quienes en su mayoría tienen su domicilio en la Región Metropolitana.

Al separar por tipos de contribuyentes que han pagado la sobretasa, se observa que los montos más altos los generaron las grandes empresas. Ese segmento representa el 70% de los ingresos al Fisco anualmente.

Durante los años de su aplicación, se han evidenciado deficiencias en el proceso de actualización del catastro por parte del SII. Estas deficiencias han llevado a la inclusión errónea de propiedades en la base del impuesto, incluso en casos de transferencias de propiedad ya realizadas. Estos errores han generado confusión y molestias para los contribuyentes, quienes se han visto afectados por cobros indebidos y la falta de un procedimiento claro para corregir estas situaciones.

Dada la complejidad del proceso de aplicación y actualización del impuesto territorial y la sobretasa, cobra importancia que tanto el SII como los contribuyentes cumplan con sus respectivas responsabilidades en la entrega y verificación de la información necesaria para el cálculo correcto de la sobretasa.

En este sentido, la sobretasa del art. 7° bis de la Ley de Impuesto Territorial ha presentado desafíos en su implementación y administración por parte del SII, por lo que es fundamental que el servicio adopte medidas para corregir estas deficiencias, promoviendo la transparencia, la claridad en los procedimientos y la confianza de los contribuyentes. De lo contrario, no es otra cosa que un impuesto a los “súper ricos” disfrazado.

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