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Tarifas eléctricas: subsidios y fallas en la regulación

CRISTIÁN MUÑOZ Director de Breves de Energía y Profesor de Economía de la Energía PUC

Por: CRISTIÁN MUÑOZ | Publicado: Jueves 17 de octubre de 2024 a las 04:00 hrs.
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CRISTIÁN MUÑOZ

A fines de agosto se envió al Congreso un proyecto de ley que amplía los subsidios a las tarifas de electricidad, con el fin de mitigar las alzas originadas en la actualización atrasada de las indexaciones de los precios de la energía. Las medidas se aplicarían entre 2025 y 2027. La iniciativa propone doblar el impuesto a las emisiones de CO2 de los generadores termoeléctricos; sin embargo, la medida solo será recaudatoria con un impacto nulo en el medio ambiente, pues se mantiene la disposición que evita que los impuestos ambientales sean considerados en la planificación de la operación de las centrales elaborada por el Coordinador.

Se establece un cargo que recolectaría US$ 150 millones anuales desde los generadores que mantienen contratos de suministro, el que sería pagado parcialmente por los clientes libres a quienes se les transfiera este cobro. Para justificarlo, se argumenta que se usarían los recursos provenientes de la estabilización de precios a los Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD), un subsidio de facto que ya acumula US$ 400 millones, también pagado por los generadores con contratos de suministro y cuyo único fin era evitarle a los PMGD la volatilidad del precio de mercado. En lugar de corregir el mecanismo de estabilización, sobre el cual hay fundados reparos, se mantiene la falla en la regulación y se redireccionan estos recursos hacia los clientes regulados.

“En lugar de corregir el mecanismo de estabilización, sobre el que hay fundados reparos, se mantiene la falla en la regulación y se redireccionan recursos hacia los clientes regulados”.

El proyecto también le asigna un contrato de energía regulada a los PMGD, al mismo precio definido en el mecanismo de estabilización. Esta asignación sería expropiatoria, pues, se les asigna a los PMGD un suministro de energía previamente contratado a otros generadores por la propia Comisión Nacional de Energía (CNE). Adicionalmente, la medida tendría vicios de preferencia tecnológica, al descartarse un proceso competitivo que cuente con la participación de todos los generadores.

En buenas cuentas, se proponen mecanismos para financiar el subsidio a las tarifas que distan de ser los más adecuados, y no se analiza el origen del problema: contratos de suministro ineficientes. El costo de la energía en las actuales tarifas se explica, en gran medida, por las licitaciones realizadas entre 2010 y 2015 por las distribuidoras. Entre esos años, con la revisión de la CNE, se adjudicaron contratos de suministro de 15 en condiciones desfavorables para los clientes regulados, tras el déficit en la oferta provocado por el desistimiento de Hidroaysén (2.400 MW), Barrancones (600 MW), Farellones (800 MW), Cruz Grande (300 MW), Punta Colorada (33 MW), Cruz Grande (300 MW) y Castilla (2.100 MW).

El mecanismo de estabilización de precios a los PMGD debe corregirse, lo que no puede entenderse como un cambio arbitrario en las reglas. La principal tarea de una agencia regulatoria es maximizar el beneficio de la sociedad actualizando las regulaciones en que se detecten problemas de eficiencia. La industria de la generación es competitiva, de modo que no se justifican los subsidios a las tecnologías, ya sea, a través de mecanismos de estabilización o hundiendo los costos de transmisión, como equivocadamente lo hizo la ey 20.936 de 2016.

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