Rodrigo León

La ley y el conflicto de jurisdicción

Rodrigo León Socio Silva Abogados

Por: Rodrigo León | Publicado: Miércoles 16 de octubre de 2019 a las 04:00 hrs.
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En estos días ha surgido un gran debate en el mundo legal por una sentencia de la Corte Suprema, relativa a un recurso de protección, presentada contra una resolución del Tribunal Constitucional (TC). Las declaraciones de ambos órganos jurisdiccionales (en su propia defensa, claro está) se suman a una serie de columnas y artículos tomando partido sobre la legalidad o ilegalidad de que el Tribunal de Casación resuelva sentencias del TC, en específico, en relación a la vulneración de garantías constitucionales.

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Quiero aportar con algunas ideas. Primero, era natural esperar un caso de conflicto como el que se ha planteado, era tan sólo cosa de tiempo. Tras las últimas reformas constitucionales, que otorgaron gran poder al TC, era esperable que la Corte Suprema resintiera la posición jurisdiccional de aquel, que ha dejado, poco a poco, de ser un tribunal extraordinario pasando a ser uno ordinario. Políticamente hablando, era natural y predecible el choque entre ambas instituciones.

Segundo, el error que ha generado el conflicto no proviene ni de la Corte Suprema ni del TC, sino de quien hace la ley: el Congreso. No cabe duda de que el procedimiento relativo a la formación de la Ley en Chile está en crisis. Leyes mal hechas, contradictorias, a veces poco claras o derechamente ininteligibles. Leyes que deben ser corregidas al poco andar por otras leyes, en que la participación ciudadana es mínima, con parlamentarios que no tienen claridad de lo que están votando. Eso es lo que hoy somete a nuestro país a una pequeña crisis constitucional; pequeña, pero crisis igual. Hasta el propio Presidente Piñera se dio el tiempo para comentar el problema.

He visto algunas sesiones de comisiones del Senado —en vivo o diferido vía web— y es chocante constatar cómo senadores hablan sobre cosas que lisa y llanamente no entienden, y toman decisiones sobre cómo debe ir o no un artículo, entre café y café, comiendo galletas, sin que exista un control claro de lo que está pasando. La formación de la ley es un acto político, pero también técnico, y existe una ciencia sistemática para hacer buenas leyes —la legística— que parece faltar en nuestro país. Se echa en falta más control ciudadano; hoy las nuevas tecnologías permiten perfectamente una votación en línea, herramientas digitales que permiten democracia directa en que podamos todos participar.

Los problemas se seguirán produciendo hasta que no haya una mayor profesionalización en la formación de la ley. En que la responsabilidad de senadores y diputados sea clara cuando se generen perjuicios por leyes mal hechas. ¿Por qué se debe responder pecuniariamente por actos judiciales o actos administrativos negligentes, como el caso del error judicial o de la negligencia en la falta de servicio administrativo, pero no así por los actos legislativos? ¿Quién responde por todo el problema que se está generando entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional? Creo que debe revisarse en profundidad un sistema que hoy no cumple con los estándares tecnológicos y de participación democrática que Chile requiere.

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