Nuevo bono al trabajo de la mujer
La fijación de un monto excesivamente alto de salario mínimo puede...
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La fijación de un monto excesivamente alto de salario mínimo puede tener un impacto negativo en materia de empleo, más aún en el actual contexto, donde existe el riesgo latente de que la crisis en Europa se desencadene con más fuerza y afecte negativamente a nuestro país. Pero, independiente del riesgo de crisis y su potencial impacto en el empleo, elevar el salario mínimo no es el mejor mecanismo para aumentar el ingreso de las familias más vulnerables en el largo plazo.
En efecto, existe consenso técnico transversal de que para aumentar los ingresos de los hogares más pobres la clave es fomentar la participación laboral, particularmente de jóvenes y mujeres en los quintiles menos favorecidos, donde la baja participación explica buena parte de la brecha de ingresos que observamos hoy. “Implementar políticas que aumenten los incentivos a trabajar en los sectores más necesitados” es, de hecho, la primera recomendación del Consejo Asesor Presidencial Trabajo y Equidad que en 2007 lideró Patricio Meller y que congregó a expertos y actores sociales de diversos ámbitos.
Si apuntamos entonces a la creación de empleo, a aumentar la participación laboral en los segmentos que menos participan y complementariamente a aumentar los ingresos de quienes ya lo hacen, la herramienta más adecuada es suplementar dichos ingresos por la vía de subsidios vinculados a la formalización de la relación laboral. Para esto contamos hoy con dos instrumentos: el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), al cual se puede postular desde el martes 17 de julio.
El SEJ, que data de 2009, beneficia a jóvenes de entre 18 y 24 años que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población. En tanto, el BTM beneficiará a mujeres entre los 25 y 59 años, pertenecientes al 30% más vulnerable en 2012 y 2013, para luego subir a 35% en 2014 y a 40% de 2015 en adelante.
En ambos casos el subsidio se calcula en función de la renta obtenida, la que mensualmente no puede superar los $ 383 mil, y se distribuye en 2/3 para él o la trabajadora y 1/3 para el empleador. De esta manera, para una trabajadora elegible que gane los $ 193 mil de la propuesta de reajuste del ingreso mínimo, sus ingresos llegarían a un monto equivalente a $ 227 mil. Por su parte, el otro tercio del subsidio que va al empleador aumenta los incentivos a contratar, y contribuye de paso a aumentar gradualmente la productividad de dichos trabajadores y facilitar así su inserción definitiva en el mercado laboral.
Se trata de beneficios bien diseñados, que incentivan la participación en el mercado del trabajo y fomentan la formalización de las relaciones laborales. Que no traen aparejado el riesgo del desempleo sino al contrario. Que permiten suplementar ingresos y aumentar la productividad a través de la experiencia en el puesto de trabajo. Son, al final del día, el tipo de políticas sociales que se requieren para terminar con la pobreza de manera definitiva.