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Ley de delitos económicos e impacto ambiental

Alejandro Montt Director de Energía, Minería y Recursos Naturales de Albagli Zaliasnik

Por: Alejandro Montt | Publicado: Jueves 20 de julio de 2023 a las 04:00 hrs.
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Alejandro Montt

En las próximas semanas, el Presidente de la República debería promulgar la ley de delitos económicos, la cual agrega nuevos tipos de delitos que afectan a empresas y personas. Entre estos nuevos delitos se encuentran los que tienen impacto en el medioambiente. De esta forma, modifica diversos cuerpos legales, incluyendo el Código Penal y la Ley N°20.417 que crea el Ministerio del Medio Ambiente (MMA), el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), pudiendo castigarse con penas de multas muy sustanciales e incluso cárcel.

Esta nueva normativa representa un importante paso para fortalecer nuestra institucionalidad ambiental, ya que por primera vez se establece un catálogo de delitos ambientales, incluyendo los delitos de contaminación, de extracción ilegal de aguas, daños al medio ambiente y el llamado delito de “ecocidio”, por los cuales podrán ser juzgadas las personas jurídicas, algo que parece sumamente relevante ante el avance del cambio climático y los objetivos sustentables que nos hemos impuesto como país hacia el año 2030.

“La nueva ley de delitos económicos es un importante paso para reforzar nuestra institucionalidad ambiental. Pero para que sea una buena legislación, debe ser debidamente revisada e implementada. Esperemos que aún haya tiempo”.

Sin embargo, a pesar de que se trata de un importante paso en el fortalecimiento de nuestra institucionalidad ambiental, se han realizado importantes cuestionamientos a algunas de las normas que plantea este proyecto desde la perspectiva constitucional. Entre algunos de los temas debatidos, se ha requerido al Tribunal Constitucional revisar si el establecer mecanismos especiales para ciertas personas que ejerzan cargos, funciones o posiciones relevantes al interior de las empresas es algo que vulnera el principio de igualdad ante la ley, y si es proporcionado que se apliquen penas de cárcel incluso para personas que no hayan cometido delitos anteriormente por el sólo hecho de valerse de su posición al interior de la empresa en donde trabajen.

Asimismo, y en lo que refiere específicamente a la institucionalidad ambiental, es necesario tener presente que una aplicación efectiva de la norma requerirá de autoridades y organismos que cuenten con los recursos y herramientas para fiscalizar estos delitos, cuestión con la que no contamos actualmente. En este sentido, otro orden de críticas ha apuntado a que la próxima ley de delitos económicos si bien aumenta considerablemente el número de delitos, no aumenta a su vez el presupuesto para enfrentarlos, pues efectivamente necesitaremos más fiscales que tengan la capacidad de denunciar e investigar, así como jueces que puedan debidamente conocer estas causas.

Sumado a lo anterior, el problema no solo se reduce al número de funcionarios, sino también a la preparación que se les debe entregar para enfrentar este nuevo escenario. Por dar un solo ejemplo, la nueva ley establece que el tribunal penal podrá imponer la reposición del daño ambiental cometido con ocasión de un delito, coordinándose con los organismos técnicos competentes. En este sentido, cabe preguntarse: ¿tendrán los jueces en lo penal la preparación necesaria para comprender debidamente asuntos eminentemente técnicos?

La nueva ley de delitos económicos es un importante paso para reforzar nuestra institucionalidad ambiental. Sin embargo, para que sea una buena legislación y logre los resultados que esperamos, debe ser debidamente revisada e implementada. Esperemos que haya tiempo aún.

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