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Columnistas

Ley corta de pensiones: ¿momento de reflexión?

Leonardo Hernández T. Escuela de Administración UC y Clapes UC

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 17 de noviembre de 2021 a las 04:00 hrs.

El rechazo en el Senado del proyecto del cuarto retiro de fondos, que impidió pudiera aprobarse antes de las elecciones, es una oportunidad para calmar los ánimos y legislar pensando en el país y no con fines eleccionarios, ocasión que también puede ser aprovechada para un análisis más cuidadoso de la ley corta de pensiones impulsada por el Ejecutivo.

Esta ley, que buscaba mejorar las pensiones de los más desposeídos aumentando los montos y las coberturas del pilar solidario, tuvo un duro traspié en su discusión parlamentaria producto de múltiples indicaciones introducidas en la Cámara de Diputados. En simple, los parlamentarios aumentaron los beneficios y modificaron los cambios tributarios con los que se buscaba financiar el proyecto y que consistían en la eliminación de exenciones tributarias y alzas marginales en algunos impuestos. El resultado más inmediato y noticioso fue que el proyecto quedó desfinanciado en más de USD 1.000 millones, por lo que el gobierno procedió a quitarle la urgencia para tener más tiempo para su discusión y análisis.

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Sin embargo, hay dos indicaciones que pasaron casi desapercibidas y que se siguen discutiendo, las que podrían tener un impacto importante sobre las administradoras de fondos y los futuros pensionados (una tercera indicación importante, referida a una modificación en las tablas de mortalidad, afecta adversamente a las compañías de seguros que pagan las pensiones). Se trata de una moción que obligaría a las AFP a respondedor con su patrimonio en caso que los fondos tuvieran una rentabilidad negativa en un periodo de seis meses, y otra que elimina las comisiones cobradas por la administración de fondos por parte de terceros (por ejemplo , cuando una AFP invierte recursos de los afiliados en fondos mutuos o fondos de inversión especializados).

La primera tendría un efecto en las políticas de inversión de los fondos, buscando las AFP activos muy seguros, por ende, de baja rentabilidad. Un punto porcentual de mayor rentabilidad incrementa la pensión en el largo plazo de un cotizante de manera importante: para una persona que cotiza durante 40 (35) años, cada punto de mayor rentabilidad aumenta entre 24% y 30% (20% y 25%) el fondo acumulado. Por ende, el costo de esta medida lo pagarían en el futuro los afiliados a través de una menor pensión.

Un segundo efecto es que variaciones sostenidas en la valorización de los activos podrían hacer quebrar a las administradoras, porque su patrimonio (constituido a través del encaje) es una fracción pequeña (1%) del fondo. Así, si los fondos caen de manera generalizada y por razones externas a las administradoras (como ha ocurrido con los fondos C, D y E entre enero y octubre de 2021), éstas quedarían con patrimonio negativo y desaparecerían. Ponerles una camisa de fuerza a las administradoras, sin entender la naturaleza de las fluctuaciones en la valorización de los fondos e ignorando principios económicos básicos, puede terminar dañando las pensiones, si no hace desaparecer a la industria.

La segunda indicación, referida a las comisiones pagadas a terceros, puede llevar a que las AFP no subcontraten la administración a empresas especializadas, administrando ellas inversiones en papeles sobre los cuales saben poco o nada (y, por ende, tomando riesgos altos), o simplemente inviertan en activos más seguros, que conocen, pero menos rentables. Los resultados apuntan nuevamente a un deterioro de las pensiones futuras.

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