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Columnistas

La paradoja de la vigilancia digital

CATHERINE MUÑOZ Ceo Idónea

Por: Equipo DF

Publicado: Martes 22 de abril de 2025 a las 04:02 hrs.

Mientras miles de chilenos nos desplazamos en vehículos gestionados por aplicaciones, una revolución silenciosa ha llegado a su punto crítico. La Contraloría tomó razón del Reglamento de la Ley Nº 21.553 sobre Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT), planteando profundas interrogantes sobre la protección de datos personales.

La Ley EAT es explícita: el Ministerio de Transportes solo puede acceder a información “sincronizada o consolidada, estadística e innominada”. Sin embargo, su reglamento viola frontalmente este límite al exigir coordenadas GPS, registros horarios precisos e identificadores únicos para viajes individuales. Esta contradicción transforma por completo la naturaleza de la fiscalización, convirtiendo lo que el legislador diseñó como supervisión estadística en un sistema de vigilancia personal que rastrea los movimientos específicos de una persona.

“Las empresas de aplicaciones enfrentan una disyuntiva digna de Kafka: cumplir con la ley incumpliendo el reglamento, o viceversa”.

El principio cardinal de que la administración solo puede hacer aquello expresamente autorizado por ley parece haberse extraviado en este laberinto regulatorio. Un reglamento puede implementar una ley, interpretarla, concretarla, pero jamás contradecirla o expandirla, como ocurre en este caso.  Para que se hagan una idea, los datos geoespaciales son tan personales como las huellas dactilares. Cuatro puntos de ubicación son suficientes para identificar al 95% de las personas con nombre y apellido. Particularmente revelador resulta el “Estimador_género” incluido en los datos requeridos por el reglamento. ¿Qué tiene que ver el género de un pasajero con la regulación del transporte? La respuesta corta es: nada. La respuesta larga es inquietante. Los campos de texto libre que pueden recopilarse abren otra caja de Pandora. El acceso en tiempo real a ubicaciones constituye, sin adornos, una forma de vigilancia masiva que ninguna democracia saludable debería normalizar.

Por su parte, las empresas de aplicaciones enfrentan una disyuntiva digna de Kafka: cumplir con la ley incumpliendo el reglamento, o viceversa. Si entregan datos anónimos, incumplirán las exigencias reglamentarias de detalle granular. Si cumplen con el reglamento, violarán la prohibición legal de entregar datos personales. Es como pedir a alguien que dibuje un círculo cuadrado y luego sancionarlo por no lograr lo imposible.

Para los millones de chilenos que utilizamos estas aplicaciones, lo que está en juego no es una abstracción legal. Es la posibilidad de que cada visita médica, cada encuentro personal quede registrada en una base de datos gubernamental. Sin las salvaguardas adecuadas, estamos construyendo una sociedad de vigilancia por defecto.

Todo esto ocurre silenciosamente, en ese universo invisible de los datos, donde nuestros desplazamientos diarios, aparentemente triviales, revelan patrones que cuentan quiénes somos, qué valoramos y qué tememos. La privacidad no es un lujo superfluo, es un derecho fundamental y la condición previa para ejercer tantos otros derechos que damos por sentados y que estamos cediendo con una facilidad alarmante.

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