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DF Tax | Acuerdo de doble tributación con EEUU: un paso clave

Por: Rodrigo Albagli, managing partner, y David Ancelovici, director Grupo Tax de AZ. | Publicado: Jueves 29 de febrero de 2024 a las 04:00 hrs.
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Rodrigo Albagli, managing partner, y David Ancelovici, director Grupo Tax de AZ.

Luego de más de diez años de tramitación, finalmente el Convenio para Evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en Relación a los Impuestos a la Renta y al Patrimonio, junto a su respectivo Protocolo, logró luz verde en el Congreso. Siendo aprobado por unanimidad a fines de 2023, finalmente entró en vigencia en Chile tras su publicación el día 27 de enero del año 2024 en el Diario Oficial. Con esto, sin duda estamos enviado una relevante y sólida señal en relación del interés por profundizar la integración económica entre Chile y Estados Unidos.

En ese sentido, la entrada en vigencia del Convenio constituye un paso clave en favor del fortalecimiento y aumento de la inversión en Estados Unidos -sobre todo en mercados estratégicos en Chile- y de los beneficios que también tendrá para los inversionistas chilenos en ese país.

Cabe destacar que Chile ya cuenta con un tratado de libre comercio con Estados Unidos. Según datos oficiales, la inversión de empresas de dicho país en Chile supera los US$ 27.000 millones. Sin embargo, lo cierto es que el acuerdo de doble tributación es un paso clave para potenciar la relación económica e inversión bilateral entre ambos países. Sobre todo, por el monto de capitales que ha salido de Chile hacia el extranjero-principalmente Estados Unidos- a contar del año 2019. Según Bloomberg, durante el 2019 salieron desde Chile US$ 1.693 millones, mientras que para el 2022 se alcanzaron los US$ 10.433 millones. Dichos montos no dejan de ser relevantes para un PIB como el de Chile, por lo que otorgar mayor seguridad y regulación a inversionistas chilenos a través del Convenio complementa las distintas herramientas que tienen los contribuyentes para invertir en Estados Unidos. 

Entre las principales ventajas e implicancias tributarias, destaca la disminución de las tasas de impuesto adicional asociadas a ganancias de capital (35% a 16%, cumpliendo ciertos requisitos), dividendos pagados desde Estados Unidos a Chile (30% a 5%, cumpliendo ciertos requisitos) e intereses pagados desde Estados Unidos a Chile (30% a 15% o 10%, según corresponda). Estos son algunos de los beneficios que comprende el Convenio, pronunciándose también sobre prestaciones de servicios en general y pago de regalías, entre otros.

Dichos beneficios permiten que la interacción entre ambos países sea mucho más fluida y económica. Lo anterior, ya sea para contribuyentes chilenos que invierten en instrumentos financieros cuya rentabilidad sea pasiva, como también para empresas operativas que tengan operaciones en Estados Unidos o contraten servicios instalados en dicha jurisdicción. Con todo, el Convenio también se pronuncia sobre distintas materias que distintos inversionistas deberán tener en cuenta, como por ejemplo el principio de Limitación de Beneficios o los Protocolos de Intercambio de Información entre las autoridades competentes de cada Estado Contratante. 

De esta manera, la entrada en vigencia del Convenio convierte a Chile en un país más competitivo para las empresas estadounidenses. Esto, teniendo en cuenta los beneficios tributarios que conlleva el acuerdo en relación a los distintos mercados que ambos países buscan explorar conjuntamente. Prueba de ello es el aumento de inversiones que han realizado altos patrimonios chilenos a partir de la entrada en vigencia del Convenio, según los datos publicados por este mismo medio. Con todo, la utilización del Convenio siempre tiene que ir acompañado de un entendimiento completo del acuerdo, teniendo en cuenta las distintas derivadas legales que implica invertir en un país como Estados Unidos.   

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