Derecho a la vivienda: del dicho al hecho…
Marcela Ruiz-Tagle O. Economista
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Marcela Ruiz-Tagle O.
Si en algo pareciera que existe consenso en la ciudadanía respecto de la propuesta de Nueva Constitución, independientemente del resultado del plebiscito de salida del 4 de septiembre, es en la incorporación de derechos sociales. Lo que la gente no sabe, pero probablemente intuye, es que se requerirá de un acuerdo transversal para su implementación, lo que debiera incluir aspectos como institucionalidad, prioridades, forma, condiciones y plazos.
Ámbitos necesarios de abordar para que su provisión sea económicamente sostenible y fiscalmente responsable, de forma tal que faciliten y no perjudiquen el desarrollo social y económico del país, la base que finalmente permitirá cumplir con estos derechos.
“El caso de la vivienda permite ilustrar la necesidad de priorizar entre derechos sociales, como entre ciudadanos: familias vulnerables antes que otras con mayores recursos”.
Esta es justamente la virtud del trabajo efectuado por un grupo de economistas quienes cuantificaron el costo fiscal directo de su implementación, permitiendo con ello poner en perspectiva lo realista o no de la propuesta constitucional. En ella se incorporan 29 derechos de diversa índole, cuya implementación requiere de recursos anuales equivalentes al 8,9% o 14,2% del PIB, dependiendo del estándar que se adopte para su provisión, por un período de 10 años.
De estos, cinco derechos -salud, seguridad social, vivienda, educación y cuidado- representan aproximadamente dos tercios de los costos anuales estimados, esto es, entre 6% y 9% del PIB. Estas cifras superan con creces el 4,1% del PIB que se espera recaudar con la reforma tributaria y cuyo principal destino declarado es el financiamiento de cuatro de los derechos antes mencionados: salud, pensiones, educación y cuidado.
Lo anterior es relevante, ya que el costo estimado de financiar el derecho faltante, vivienda, requiere de enfrentar el déficit habitacional que afecta a 640.000 familias y que debiera ser de carácter urgente. A esta cifra habría que agregar la adecuación del estándar de vivienda digna a una parte de las viviendas sociales construidas en el pasado. Cerrar esta brecha gradualmente en diez años requiere recursos anuales que se estiman entre el 1,1% y 1,7% del PIB, lo que no se condice con los recursos previstos en el Plan de Emergencia Habitacional recientemente anunciado por el Gobierno, y probablemente tampoco con las expectativas de las familias que esperan que la propuesta constitucional respalde sus demandas en plazos inferiores a los que viven en la actualidad.
El caso de la vivienda permite ilustrar la necesidad de priorizar entre derechos sociales, entre ciudadanos -familias vulnerables antes que otras con mayores recursos-, o la gradualidad y condiciones bajo las cuales el Estado se puede comprometer a honrar estos derechos. Proveer derechos sociales requiere de crecimiento económico y políticas fiscales sostenibles, pero también de mejoras en la eficiencia del Estado. En el actual contexto, resulta impostergable avanzar en reestructurar programas sociales, postergar aquellos de bajo impacto y eliminar los que han sido mal evaluados, medidas que pueden ser implementadas en el corto plazo.