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¿Constitución de los convencionales o de las personas?

CONSTANZA HUBE Profesora de derecho constitucional UC, convencional constituyente

Por: CONSTANZA HUBE | Publicado: Jueves 3 de febrero de 2022 a las 04:00 hrs.
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CONSTANZA HUBE

La semana pasada se aprobaron distintas normas en las diferentes comisiones de la Convención Constitucional que causaron gran preocupación en el mundo político y jurídico. Solo me referiré a una de ellas, parte de las propuestas que surgen -más bien, desnaturalizan- la independencia del Poder Judicial. Se trata de la norma aprobada por la Comisión sobre Sistema de Justicia, la cual mandata que tanto los jueces como los ministros de la Corte Suprema tendrán una duración definida por la Constitución en sus cargos respectivos, terminando con la inamovilidad de los magistrados.

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Dicha norma no es más que otra manifestación de ese romanticismo permanente de parte de la gran mayoría de los convencionales, y que se ha expresado durante todo el proceso a través de declaraciones y actuaciones que carecen de todo sustento técnico y argumentativo, y que desconocen completamente la experiencia y la realidad. La quimera de que una medida así serviría para oxigenar la judicatura pasa a segundo plano cuando nos detenemos a analizar que el gran perdedor en todo esto no es otro que la independencia judicial.

¿Qué implica desnaturalizar la independencia judicial? El fin de la separación de poderes del Estado; ¿y qué implica esto? Terminar con el Estado de derecho. Sin separación de poderes, el poder se concentra, arrasando con el sistema de pesos y contrapesos necesarios para el desarrollo de los países democráticos.

Adicionalmente, un análisis más riguroso nos lleva a concluir que, en realidad, los más perjudicados con esto no serán los jueces, sino que todas las personas que recurran a los tribunales para que sus conflictos jurídicos sean resueltos con imparcialidad e independencia respecto de los demás poderes del Estado. No es solo un punto teórico y abstracto, sino que a partir de los casos que vive día a día cualquier chileno, y que el convencional, desde el trono de superioridad moral en el cual decidió instalarse, no ha querido ver.

Otro problema es el perjuicio a la calidad técnica de la judicatura. La experiencia nos ha demostrado cómo los años en la carrera judicial son los que finalmente potencian la calidad de las sentencias emitidas. Condicionar la duración del período de los jueces no hace más que limitar esta cualidad tan trascendental para el Poder Judicial. Nuevamente nos encontramos con otro aspecto fundamental que se ve mermado por este voluntarismo extremo que se ha asentado en el debate constitucional.

Esta norma es solo una de tantas que fueron aprobadas por las comisiones y que muestran que el camino no se está enmendando; por el contrario, se sigue avanzando a pasos agigantados hacia una Constitución de los convencionales, más que una Constitución de las personas. Es de esperar que esto se corrija; no vaya a ser que nos encontremos con la “casa de algunos” y no con lo que se le prometió a la ciudadanía: “Por fin, la casa de todos”.

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