Reformas institucionales: el valor de la cautela
Constanza Hube Profesora Derecho UC
- T+
- T-
Constanza Hube
Un anuncio presidencial que ha sido objeto de debate durante las últimas semanas es el acuerdo nacional para reformar distintas instituciones. Si bien los ejes no se han dado a conocer aún, sí se han informado las instituciones que serán reformadas. A través de un borrador del Ejecutivo entregado a distintos dirigentes y jefes de organismos, se hacen propuestas en diferentes áreas, destacando las modificaciones al Tribunal Constitucional (TC), el Poder Judicial y el Congreso, entre otras.
El acuerdo nacional que se pretende tiene como antecedente una serie de críticas a las referidas instituciones. No sólo la opinión pública, sino que también políticos de distintos sectores han cuestionado, por ejemplo, los sistemas de nombramientos de ministros del TC y la Corte Suprema, la institucionalidad del Ministerio Público (a raíz de la “crisis de Rancagua”), el número de parlamentarios y la falta de agilidad en la tramitación de los proyectos, entre otros temas.
Si bien son razonables y necesarios ciertos cambios y mejoras a las instituciones aludidas, es importante tener en cuenta que un acuerdo nacional en estas materias necesariamente requiere de un diálogo y análisis profundo y ponderado. ¿Por qué hacer este alcance? Porque es importante que las reformas institucionales no dependan de un fallo o una contingencia específica. Conocidos son los cuestionamientos que se le han hecho al TC a propósito de cualquier sentencia que no sea del agrado o conveniencia de determinado conglomerado político o grupo de interés.
Así, se debe tener en cuenta en la discusión que los cambios, tanto al TC como a otras instituciones, deben alejarse de los debates apasionados de un momento en particular, pues lo que nos jugamos como país es precisamente mantener ciertos mínimos de protección de algunas reglas y derechos básicos, especialmente los más débiles, y eso exige establecer límites al poder estatal (y por tanto al legislador).
En este contexto, se han propuesto algunas modificaciones al TC, por ejemplo, relacionadas con el control preventivo de constitucionalidad y el sistema de nombramiento de sus ministros. ¿Razonables? En abstracto, sí. Pero si el camino para modificar el nombramiento de ministros va a ser, como algunos proponen, a través de constituir una comisión autónoma, cabe advertir que la politización parece inevitable. Este tipo de comisiones tiene el problema de que aparentan ser garantía de independencia o autonomía, pero sin embargo, en los hechos la discusión se traspasa a quienes nombran a los miembros de dicha comisión, y al “necesario” equilibrio político de dicha entidad.
Si bien existe consenso sobre la necesidad de introducir cambios en el TC y otras instituciones, ello no puede implicar sacrificar o transar ciertos mínimos que podrían terminar debilitando la vigencia de un verdadero Estado de derecho. Es necesario, por tanto, una discusión desapasionada y no cargada por eventos episódicos.