Farándula en el TC
CONSTANZA HUBE Profesora de derecho constitucional UC
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Constanza Hube
Lo ocurrido la semana pasada en el Tribunal Constitucional (TC) es grave y no tiene precedentes, no sólo por la publicidad del “quiebre” entre los ministros del TC, sino que porque la resolución que no acogió a trámite el requerimiento presentado por el Gobierno, a propósito del llamado “tercer retiro”, no tiene sustento jurídico. A continuación expongo algunas razones.
Primero, se sostuvo por parte del TC que el Gobierno se habría “adelantado” con la presentación, creando una suerte de “conflicto prematuro”, al no incorporar las modificaciones que habría agregado el Senado durante la tramitación legislativa. Este innovador argumento no solamente constituye una verdadera invasión a una facultad propia del requirente (decidir cuándo realiza la presentación en la medida que sea dentro de plazo), sino que va en contra de la jurisprudencia del propio TC, dado que sostenidamente se acogen a trámite requerimientos mientras el proyecto de ley en cuestión sigue su normal tramitación, la cual no se suspende -según nuestra propia Carta Fundamental- tras la presentación de la acción del requirente.
Otro fundamento alude a que el requerimiento es producto de un “conflicto político que se trae al TC para resolverlo con votos y no con la necesaria deliberación democrática entre los poderes”. Esto, si bien es una apreciación jurídica, es equivocada. Los proyectos del Ejecutivo y el Congreso no son iguales. No sólo por su contenido, sino también porque existe un poder del Estado —el Legislativo— que se está arrogando una atribución que no tiene: legislar en materia de seguridad social a través de un resquicio constitucional, para burlar la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
El TC, por tanto, yerra al calificar este conflicto como uno de naturaleza política, ya que, es uno de tipo jurídico. Esta es la cuestión de fondo. Tanto es así, que el propio TC ya se pronunció jurídicamente sobre el mismo tema, a propósito del segundo retiro.
Como ciudadanos podemos admitir errores e inconsistencias —como los que a mi juicio hay en esta resolución— en las deliberaciones de nuestros órganos de justicia, como así también debatir acerca de ellos. De eso se tratan la democracia y el Estado de Derecho. Pero lo que no es tolerable es que por verdaderas rencillas personales se incumplan las normas constitucionales y legales.
Aún más escandaloso es que en un tema tan importante como este, se haya terminado “farandulizando” tanto los conflictos personales entre los ministros, como la resolución que no acogió a tramitación el requerimiento. Esta actitud farandulera ya la hemos visto, lamentablemente, en más de una ocasión en algunos parlamentarios, pero que invada a jueces constitucionales es peligroso y genera un complejo precedente. Es de esperar que este tipo de actitudes no se repitan, y haya sido solamente un hecho aislado.