Nueva Ley de Delitos Económicos (I): no es el Apocalipsis
Señor Director:
A pesar de la apocalíptica discusión implantada respecto al contenido de la nueva Ley de Delitos Económicos, la normativa finalmente es ley. Promulgada el 17 de agosto del presente, avanza hacia una legislación que deja de lado las clases de ética, restringiendo los supuestos de aplicación de las penas sustitutivas.
Y es que avanzar hacia la igualdad ante la ley implica hacernos cargo de los diversos tipos de criminalidad. Crear un ordenamiento jurídico que dé respuestas enfocadas en quiénes y cómo realmente se cometen los delitos, terminará con la sensación de impunidad. Conocida es la demanda por penas más altas para delitos contra el patrimonio y la seguridad de las personas, no podemos ser hipócritas al exigir mano dura y fin a la puerta giratoria.
Esta ley protege a los accionistas minoritarios, a los inversionistas y a todo aquel que busque resguardar el orden público económico. No debemos olvidar que lo sancionado es la comisión de un delito, que debe cumplir con todos los elementos objetivos y subjetivos del tipo. Es decir, la ley sanciona hechos graves, reprochables y que generan daños a la cultura corporativa.
Con la nueva ley, se abren las puertas para la valorización de activos, como los secretos comerciales, por ejemplo. Se avanza hacia una cultura de objetivas buenas prácticas corporativas.
Isidora Palma Elgueta
Abogada SILVA