Normativa contable para criptoactivos
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Señor Director:
El pasado mes de marzo el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB, por sus siglas en inglés) generó una propuesta de actualización de normativa contable para mejorar la contabilización y divulgación de criptoactivos, en la que entidades públicas o privadas pueden emitir comentarios acerca de esta propuesta de enmienda hasta el 6 de junio de 2023.
La propuesta clasifica a los criptoactivos, como activos intangibles, y se contabilizarán a valor razonable, en cada fecha de reporte, reflejando los cambios de valor en el Estado de Resultados, por lo que se reconocerá su valor de mercado y registrarán las ganancias y pérdidas en todo el periodo.
Los criptoactivos se presentarían en forma separada de otros activos intangibles en el Estado de Situación Financiera, y en forma separada en el Estado de Resultados las variaciones de valor razonable.
Esta definición es una señal significativa, pues se va a requerir que las entidades revelen los tipos de criptoactivos que mantienen anualmente y en los períodos intermedios, así como los cambios en las tenencias. También, confirma que los criptoactivos no son instrumentos financieros.
Esto es un paso importante y muestra que los reguladores están tomando medidas para reconocer y regular de manera adecuada esta nueva forma de activos.
Leonardo Torres
Académico Facultad de Economía y Negocios, Universidad de Chile