El puzle del SEIA
VÍCTOR-HUGO BARRIENTOS M. ATM Consultores & Ingeniería RODRIGO ROPERT Aninat Abogados
Un puzle representa una aventura, un desafío y un espacio de incertidumbre donde confluye la dificultad, el número de piezas y el talento del armador. Lo que normalmente sucede, es que conocemos la figura o imagen que debemos construir y especulamos sobre el camino que debemos transitar para lograr el objetivo. Durante este proceso, hay un factor clave que requiere especial atención, cual es, que el número de piezas se mantenga constante y no falte ninguna al final del recorrido, ya que un puzle sin la totalidad de las piezas deriva en una gran frustración y una pérdida traumática de tiempo.
La reflexión que surge luego de la revisión de algunas de las propuestas de modificación al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, actualmente en consulta pública, es justamente la de un puzle que no cuenta con todas las piezas, lo que hace difícil su implementación, considerando además que el espíritu de esta reforma es “agilizar y optimizar” el proceso actual de evaluación ambiental.
“Es indispensable analizar en detalle las modificaciones planteadas para anticipar sus efectos, usando como base el procedimiento actual de evaluación ambiental y la forma para acreditar el cumplimiento normativo”.
Los cambios planteados en algunos permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, estratégicos para industrias consolidadas como la minería, tratamiento de aguas y residuos, junto a otras emergentes como el hidrógeno verde y sus derivados (amoniaco, dimetil éter (DME) y combustibles sintéticos) proponen incorporar una serie de requerimientos, que a la luz de los antecedentes analizados, van a demandar la presentación de una ingeniería avanzada sobre las obras o partes asociadas al proyecto, situación que normalmente se reserva para una etapa posterior a la obtención de la resolución de calificación ambiental. Esto puede complejizar aún más la autorización de estas iniciativas derivando en períodos de evaluación aún más complejos, extensos y onerosos.
Adicionalmente, para el caso de la calificación industrial y de bodegaje, se amplía la exigencia no solo a proyectos o actividades emplazados en áreas reguladas por un instrumento de planificación territorial en el cual se imponen restricciones al uso de suelo en función de dicha calificación, sino también a iniciativas emplazadas en áreas rurales o no reguladas por un instrumento de planificación, lo que ampliará significativamente el número de proyectos que deberán cumplir con este requisito.
De acuerdo a lo anterior, es indispensable analizar en detalle las modificaciones planteadas para anticipar sus efectos, usando como escenario base el procedimiento actual de evaluación ambiental, sus requisitos, composición, metodologías y lo más importante, la forma en la cual se debe acreditar el cumplimiento normativo, tanto en el SEIA como a nivel sectorial. Este ejercicio, que parece estar ausente de las modificaciones al Reglamento del SEIA en curso, es indispensable para tener una perspectiva más práctica y operacional de las propuestas, considerando al menos, su verdadero impacto en la reducción de los tiempos de tramitación y precisando los antecedentes técnicos necesarios para revisar los proyectos. Solo así tendremos a disposición todas las piezas del puzle necesarias para sacar adelante los proyectos.