Cartas

Cartas al Director

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Lista Roja: diálogo de sordos


Señor Director:


En los últimos días ha habido el habitual intercambio epistolar en esta sección después que Estados Unidos nuevamente colocase a Chile en su tristemente célebre “lista roja” en materia de propiedad intelectual. No sólo lo decimos nosotros, sino que el propio gobierno: esta lista es una simple opinión unilateral y carente de todo fundamento fáctico, impulsada por grupos de interés de Estados Unidos. Esa es la verdad pura y dura.
Se dice que Chile incumpliría el TLC con EEUU, sin que se especifique cómo o de qué forma: ¡Así es fácil decirlo!
Nuevamente se sindica al Linkage como el tema pendiente. Nosotros hemos sostenido en varios medios y de varias formas que el art. 17.10 (2.)(c) del TLC no contempla tal obligación y que las normas generales sobre medidas precautorias son suficientes. Por ello, no hay base jurídica alguna para haber presionado al gobierno a presentar el proyecto de Linkage, no obstante lo cual lo hizo y lo hizo mal.
Nunca nadie se ha hecho cargo seriamente de este punto esencial: ¿Dónde está esta supuesta obligación que debe cumplir Chile? En vez de ello, se han preocupado de repetir como un mantra: “Chile incumple … Chile incumple”. De tanto repetir algo queda ¿o no?
Emplazo públicamente a que alguien responda seriamente esta pregunta esencial.
No nos confundamos, esta dinámica se mueve por causes “para-jurídicos”. Ello es esencial de entender cuando Chile se ha embarcado nuevamente en la negociación de un TLC multilateral (“Trans-Pacific Partnership”), impulsado por EEUU, y que busca subir irracionalmente los estándares en materia de propiedad intelectual farmacéutica: ¿Para qué negociar algo, si después lo negociado se desconoce?
Esta no es una simple discusión meramente retórica, sino que ha tenido, tiene y va a seguir teniendo un profundo impacto en términos de acceso a medicamentos.

José Luis Cárdenas T.
Abogado, LL.M. & Ph.D.Académico y Asesor Directorio de ASILFA


Reforma tributaria

Señor Director:


El gobierno expuso los aspectos más relevantes de su proyecto de reforma tributaria. Algunos de los aspectos centrales consisten en aumentar el Impuesto de Primera Categoría a una tasa del 20%, y reducir los impuestos personales en un monto no especificado del todo.
Si bien una rebaja de impuestos personales resulta positiva, conviene recordar que hasta 1984, el sistema tributario contemplaba que los propietarios de sociedades de personas y empresas unipersonales tributaban sobre base devengada. Por su parte, las sociedades anónimas pagaban la “Tasa Adicional” (40%) sobre base devengada, que constituía un crédito contra los impuestos personales de los accionistas. Este sistema no otorgaba ningún incentivo a la reinversión, pues la utilidad quedaba tributada al momento de generarse.
Frente a esta realidad, el actual sistema fue concebido para incentivar el ahorro privado, ya que la empresa paga una tasa fija sobre las utilidades devengadas en el ejercicio, y el dueño de ella debe tributar sólo al percibirlas. Dado que debe pagar una diferencia importante (hasta 23%), el consumo de los recursos resulta oneroso y se suele optar por mantenerlas en la empresa y bajar el consumo personal. Al subir el impuesto a las empresas y bajar los impuestos personales, reduce el incentivo a ahorrar, pues reduce la brecha entre el impuesto de la empresa y su dueño. Ello podría afectar a largo plazo la inversión y ahorro privado. 
Hay que ser muy cuidadosos a la hora de considerar reformas tributarias para solucionar problemas puntuales de financiamiento de la labor del Estado. Si no se consideran todas las variables, podríamos encontrarnos con resultados indeseados.

Darío Romero

Director Grupo Tributario Albagli Zaliasnik


Impuesto a la tontera

Señor Director:


Considerando que los impuestos son “el precio de la civilización” y entendiendo cómo las civilizaciones colapsan, ¿no sería sano aprovechar esta reforma tributaria e incluir un impuesto al giro “farándula”?


Gabriel Guiloff

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