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Cartas

Cartas

Por: Equipo DF

Publicado: Jueves 17 de marzo de 2011 a las 05:00 hrs.

Reforma carcelaria e igualdad ante la ley
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Señor Director:


Desde antes del lamentable incendio en la cárcel de San Miguel, hemos venido escuchando y tomando conciencia de la necesidad de una reforma al sistema carcelario. El objetivo de la misma sería aliviar la sobrepoblación que existe en nuestras cárceles y poder dar un trato digno y penas proporcionales a quienes han delinquido.
Hemos visto que no existe consenso nacional en incluir en dicha reforma a quienes cometieron violación a los derechos humanos. Esto surge porque precisamente estas personas no han sufrido de tratos indignos o de hacinamientos, por el contrario, se complacen de comodidades que para el resto de los reclusos serían un sueño, y, por lo demás, sus condenas han guardado cierta proporción con la gravedad de los delitos que cometieron.
Esta discusión exige no olvidarnos del objetivo central planteado por el propio gobierno a la hora de valorar estas medidas. Y es, a la luz del mismo, que no se debiera temer que en el evento de excluir a un grupo de personas -como serían los condenados por violación a los derechos humanos- estaríamos transgrediendo su condición de iguales ante la ley, toda vez que, dicho principio de igualdad permite hacer diferencias o discriminaciones, siempre y cuando estas sean justificadas, fundadas y no arbitrarias. La razón de tratarse de personas que se encuentran en distinta situación permite una diferencia de trato y, por el contrario, hacerles extensivos dichos beneficios supondría una alteración a las relaciones de igualdad y un desequilibrio para la justicia.


Doris Espinoza

Directora Depto. de Derecho Penal UDLA


Patentes municipales
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Señor Director:


En julio de 2008, la Excma. Corte Suprema resolvió que una sociedad que sólo posee inversiones y no coloca productos en el mercado no está gravada con patente comercial. En noviembre de 2010, la misma Corte resolvió que las sociedades de inversión sí están afectas a dicha patente. En varias sentencias recientes ha reiterado este criterio.
Es del caso que las últimas sentencias adolecen de errores graves. Entienden que un reglamento puede extender el hecho gravado a hechos no previstos en la ley, atentando contra el principio de legalidad tributaria. Además, confunden la “no afectación” con la “exención”.
Por su parte, en mayo de 2010 la Contraloría General de la República dictaminó que la inversión pasiva, que consiste en la adquisición de bienes con fines rentísticos, no está gravada con patente comercial. A juicio del Instituto Chileno de Derecho Tributario los fundamentos y conclusiones de dicha interpretación son correctos.
Todavía existen fallos de las Cortes de Apelaciones que, contradictoriamente, resuelven controversias en este ámbito. Finalmente, la conducta de las municipalidades no es uniforme en este campo.
Siendo la ley -por su imperfección- altamente responsable de la disparidad de criterios, el Instituto Chileno de Derecho Tributario estima de la mayor conveniencia que el Poder Legislativo se proponga aclarar y resolver el asunto, terminando con la incerteza jurídica denunciada.

Carlos Muñoz Saravia, presidente
Ignacio Melo Quintana, vicepresidente
Juan Pablo Cabello, secretario

Instituto Chileno de Derecho Tributario


Espíritu patriótico
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Señor Director:


Con el objeto de realzar nuestro espíritu patriótico el Supremo Gobierno ha dispuesto que en lo sucesivo se izará semanalmente de manera solemne nuestra bandera nacional en un lugar principal de cada capital regional. Me parece que con ese mismo objetivo deberían destacarse aquellos cometidos -de carácter individual, social o institucional- que contribuyan a evitar o desarraigar deficiencias que son comunes, pero que en tanto persistan nos dificultan sentirnos orgullosos de nuestra patria.

Patricio Farren Cornejo

Ausencia presidenciable
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Señor Director:


No darle un ministerio a Longueira es tan injusto como si en una larga telenovela se excluyera de los capítulos finales al pretendiente más apasionado...

Gabriel Guiloff

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