Cartas

Acusar al Presidente

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Señora Directora:

Nuevamente se ha recurrido a la acusación constitucional; ahora se trata de derrocar al Presidente, vulnerando la voluntad popular.

Debe recordarse que las acusaciones constitucionales no son juicios políticos; no existe tal cosa. Son juicios, en los que la cámara de diputados acusa y el Senado decide, como jurado.

Es por eso que las acusaciones tienen cargos específicos; no se trata de si les gusta o no el presidente, si apoyan o no su gestión. Se trata de si existen "actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes", según prescribe el artículo 48 N°2 a) de la Constitución. Y los hechos deben calzar con las causales y no con las preferencias políticas particulares.

Marcelo Muñoz Perdiguero

Abogado

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