Corte de Antofagasta falla a favor de profesora que pidió sus ahorros previsionales y AFP Cuprum irá a la Suprema
La Corte de Apelaciones de Antofagasta otorgó un plazo de 10 días hábiles a la administradora.
- T+
- T-
Desde el año pasado que el rescate de los ahorros previsionales ha estado en el debate público y, de hecho, han ingresando más recursos para retirar ahorros e, incluso, se han presentado proyectos que buscan el mismo fin.
Esta semana, uno de los casos más conocidos, marcó un precedente al obtener un veredicto favorable. Casi un año después de que la profesora María Angélica Ojeda ingresara un recurso de protección en contra de AFP Cuprum en julio de 2019, ayer la Corte de Apelaciones de Antofagasta emitió un fallo que ordena a la administradora a devolver el saldo acumulado dentro de diez días hábiles.
Uno de los principales argumentos de la Corte para fallar a favor de la afiliada –quien pidió sus fondos para pagar un crédito hipotecario-, se relaciona con que el rechazo de la gestora finalmente se "torna arbitraria en las circunstancias concretas de este conflicto, de manera que la única medida racional (...) no es más que disponer la devolución de los fondos".
Lo anterior, detalló la sentencia, "sin perjuicio de que el organismo administrativo en el futuro, le otorgue una pensión mínima que surja de la solidaridad y que no impida superar la crisis económica y doméstica que sufre actualmente".
La justicia, además, puso sobre la mesa otro punto importante, al criticar el sistema previsional y señalar que la bajísima pensión ($ 185 mil) que recibe Ojeda, ha beneficiado las operaciones de las AFP y los bancos. "No puede concluirse que exista sensatez o medidas adecuadas en el Sistema de Pensiones respecto de una trabajadora, que a la luz de las cotizaciones efectuadas que equivalen nada menos que al 10% de su remuneración, durante dieciocho años, no le permitan una jubilación suficiente para sufragar su crédito hipotecario, manteniendo sí, el lucro de las Administradoras de Fondos de Pensiones como también el de Bancos e Instituciones Financiaras para adquirir una vivienda, lo que significa que su detrimento ha sido en beneficio de estas instituciones sin la debida correspondencia", aclaró el documento.
¿El turno de la Suprema?
Luego de conocerse este fallo, la administradora ligada a Principal, podría apelar a la Corte Suprema, entidad que ya ha rechazado casos de esta índole. Sin embargo, en uno de ellos, dejó la puerta abierta para que cuando se presentaran circunstancias especiales, el cotizante o afiliado sí pueda pedir la devolución de su saldo acumulado.
A través de un comunicado, Cuprum manifestó ayer que "hay que considerar que existen instancias superiores y mientras no se resuelva en su totalidad, seguiremos cumpliendo el mandato legal respecto que el único fin que tienen los ahorros previsionales es financiar pensiones".
Además, la AFP puso énfasis en que la sentencia "reconoce explícitamente que la administradora ha cumplido indiscutidamente con la legalidad vigente".
Desde la Asociación que reúne a las administradoras, el gerente general, Fernando Larraín, se limitó a comentar que se trata de un fallo en el cual todavía hay procesos en cursos. "Por lo tanto, lo que corresponde es esperar que las instituciones, en este caso el Poder Judicial, hagan su trabajo y revisen los antecedentes, de manera que puedan manifestarse al respecto", manifestó.
La Superintendencia de Pensiones, por su parte, recalcó que el objetivo de los fondos es solo financiar jubilaciones. No obstante, admitió que sí resulta razonable el retiro de fondos en casos de enfermedad terminal.