Banca & FinTech

Las sesiones clave de los directorios de Banco de Chile, Consorcio y Falabella que alertaron a la FNE sobre el rol de Büchi

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Viernes 31 de diciembre de 2021 a las 11:40 hrs.
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Revuelo causó el requerimiento presentado ayer por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), acusando al economista y exministro de Hacienda Hernán Büchi, de haber cometido la infracción de interlocking horizontal por sus cargos directivos en Banco de Chile, Consorcio Financiero y Falabella.

El economista y experto en libre mercado Claudio Agostini, declaró a través de Twitter que "es impresentable estar sentado en directorios de empresas competidoras, pero en Chile era legal y hasta normal hasta la reforma de 2016".

En la misma red social, el exfiscal Carlos Gajardo indicó que "la presencia de un mismo director en empresas que naturalmente compiten es una anomalía por la información privilegiada de la que se dispone y es una práctica dañina para el buen funcionamiento del mercado".

Mientras que el senador (RD), Juan Ignacio Latorre, declaró que espera que el TDLC "aplique multas significativas que sean ejemplificadoras".

Sesiones de directorio

De acuerdo a los antecedentes expuestos por la FNE ante el TDLC, en la sesión de directorio de Consorcio, de enero del 2017, se reveló información acerca de su política de precios para créditos comerciales.

Büchi es director de la compañía controlada por las familias Hurtado Vicuña, Fernández León y García Silva desde 1999 y comparte con su hermano, Marcos Büchi, que es el presidente de la entidad.

A su vez, en la sesión de directorio de Banco de Chile, de octubre del 2017, se expuso acerca de su modelo de tarificación de productos para banca de personas y banca PYME, mientras que en sesión de abril del 2019, se reveló información acerca de spreads de créditos de consumo.

El exministro de Hacienda es director de Banco de Chile desde 2019 y anteriormente se desempeñó como asesor del directorio. Además, es director en varias compañías del grupo Luksic como Quiñenco, Tech Pack, Vapores e Invexans. También, se desempeña como asesor del directorio de CCU.

Por su parte, la FNE también sostuvo que en la presentación al directorio de Falabella, realizada en marzo del 2018, se compararon las tasas de interés y comisiones de la tarjeta CMR y de los créditos de consumo de Banco Falabella con las de otros bancos, entre ellos, Banco de Chile.

Luego de conocido el requerimiento, Consorcio y Falabella reaccionaron a la acusación de la FNE y desestimaron las acusaciones por interlocking. Falabella se defendió asegurando que Büchi no ha participado en sesiones del directorio o actividad alguna de Falabella Inversiones Financieras, ni de su filial Banco Falabella, mientras que Consorcio descartó "completamente que se haya configurado dicho ilícito".

La norma en Chile y en el mundo

El interlocking en Chile es una norma que pretende defender la libre competencia mediante la prohibición en la participación de una misma persona en el cargo de director o ejecutivo relevante de manera simultánea en empresas competidoras que registren ventas superiores a UF 100 mil en el año calendario anterior a la infracción.

La legislación local establece que el solo hecho de tener la participación simultánea en competidores es suficientemente riesgoso para ameritar una prohibición absoluta. Tampoco es requisito que las empresas en las que se produce la participación tengan poder de mercado o posición dominante.

Según la FNE, esta prohibición se debe a que el interlocking atenta en contra de la libre competencia, porque genera dos tipos de riesgos: el primero, es que puede facilitar la colusión y, el segundo, es que aún sin un acuerdo colusorio explícito, reduce la independencia entre los actores del mercado, lo que disminuye la competencia.

Esto, porque los vínculos que se generan entre los competidores, a través de los ejecutivos o directores que comparten, reducen la incertidumbre sobre lo que pueda hacer el rival y con ello desaparece la presión a mejorar o destacarse para no perder las preferencias de los consumidores, por ejemplo, innovando o bajando los costos.

El Centro de Competencia de la Universidad Adolfo Ibáñez explica que en Europa no se regula de forma expresa el interlocking entre empresas competidoras. Por ello, el interlocking ha sido generalmente controlado de forma indirecta, a través de un uso flexible de la normativa para el control de operaciones de concentración.

No obstante, en países como Francia se limita el número de nombramientos que puede tener un mismo director, "pero estas soluciones son específicas para ciertos tipos de empresas y son en gran medida insuficientes para abordar los efectos anticompetitivos del interlocking".

En Estados Unidos la situación es distinta. Existe la sección 8 de la Clayton Act que regula de forma expresa el interlocking.

La norma señala que "ninguna persona al mismo tiempo podrá ser director en dos o más empresas, cualquiera de las cuales tenga capital, excedente y utilidades totales que sumen más de US$ 1,000,000 (...) si dichas empresas son o han sido hasta ahora (...) competidores, de modo que la eliminación de la competencia por acuerdo entre ellas constituiría una violación de cualquiera de las disposiciones de cualquiera de las leyes antimonopolio".

De esta manera, la legislación estadounidense fija "una excepción a su aplicación cuando, dado el tamaño de los actores involucrados o sus ventas competitivamente relevantes, los riesgos competitivos del interlocking son mínimos".

Desde el centro académico de la UAI mencionan que desde 1953 la norma "ha sido interpretada como una regla de carácter preventivo, que prohíbe la existencia de directores comunes entre competidores per se, es decir, sin necesidad de demostrar que en el caso particular dicha vinculación produce riesgos para el funcionamiento del mercado".

También exponen que otros países, como Japón, Indonesia y Corea, "también cuentan con disposiciones legales que prohíben el interlocking. Sin embargo, a diferencia de Estados Unidos, esas jurisdicciones no prohíben el interlocking per se, sino que requieren un análisis de sus posibles efectos anticompetitivos".

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