Española Azvi pierde acción donde intentaba frenar acuerdo entre Empresa Portuaria de Valparaíso y grupo Von Appen
El operador de la Zona de Extensión de Apoyo Logístico (ZEAL) había presentado un recurso de protección, acusando que el pacto entre la firma pública y TPS, que cambia obligaciones del lugar donde se revisan las cargas, le trae perjuicios económicos. Se abre la puerta a iniciar un arbitraje.
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El grupo español Azvi no lo está pasando nada de bien en Chile. No solo por todo lo que significó los problemas de construcción del puente Cau Cau, sino también por los perjuicios económicos que dice sufrirá en la concesión que tiene en la Zona de Extensión de Apoyo Logístico en el Puerto de Valparaíso, después de un acuerdo entre la empresa estatal y Terminal Pacífico Sur (TPS).
La historia se remonta a una fuerte disputa que tuvo TPS –concesionaria del terminal 1 de ese puerto- con la Empresa Portuaria de Valparaíso (EPV), a raíz de la obligación de que la revisión que se hace de las cargas que pasan por el terminal se haga en ZEAL.
Esto llevó a la firma del grupo Von Appen y EPV a una disputa en el Tribunal de Defensa de Libre Competencia, juicio que terminó mediante un acuerdo extrajudicial en octubre, donde se definió que un grupo de los aforos e inspecciones físicas de carga se podrán realizar al interior de TPS.
Esto motivó que Azvi fuera de protección contra ese acuerdo ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
“EPV ha asumido obligaciones que a la postre erosionan gravemente el contrato de concesión que mantiene con la recurrente, incurriendo en un trato discriminatorio en materia económica, ya que la actora en un proceso licitatorio público, transparente y participativo, se adjudicó la concesión de la Zona de Actividades Obligatoria (ZAO) de la ZEAL, y a través del avenimiento EPV se obliga a que parte de la carga ya no sea inspeccionada en la ZEAL, sino que en las locaciones de TPS, en sus dependencias en el puerto mismo”, alegó en el juicio la española.
Agregó en sus escritos que TPS participó en la aludida licitación –a través de Sitrans- y perdió el concurso, por lo que el acuerdo consiste en un privilegio obtenido al margen de un proceso de licitación pública, lo que es una infracción a la igualdad de trato.
EPV solicitó el rechazo al recurso, ya que a su juicio no existe una afectación de los derechos fundamentales, dado que no existe un trato discriminatorio, sino la regulación eficiente del funcionamiento del mercado que ha sido distorsionado por los propios operadores en el último tiempo.
La Corte de Apelaciones, que viene analizando desde el 21 de noviembre el recurso, optó por rechazar la medida, porque definió que esta no era la vía idónea para resolver el desacuerdo entre Azvi y EPV, que básicamente busca determinar si se está violando lo establecido en las bases de licitación, que era la exclusividad para dar servicio de fiscalización de las cargas.
Esto –agregó- debería ser analizado por un árbitro o por otros medios legales, incluso un acuerdo entre las partes.