AD Retail extendería plazo de financiamiento con bonistas y Banco do Brasil impugna acuerdo
Ayer se vencía plazo para cerrar aportes por $ 70.000 millones a Cofisa, lo que ahora se podría concretar hasta mediados de junio.
- T+
- T-
Tras haber llegado el 20 de marzo a un acuerdo con el 75% de sus bonistas para establecer un nuevo plan de pagos, AD Retail tenía hasta el 5 de mayo para cerrar las condiciones finales bajo las cuales se financiarán $ 70.000 millones a Cofisa.
Sin embargo, cumplido el plazo, se daría un período adicional para cerrar el financiamiento adicional que era parte del acuerdo, dado que la situación actual ha retrasado el proceso que se tradujo en una reorganización financiera simplificada que debe ser visada en el 11° Juzgado Civil de Santiago.
Según fuentes conocedoras, el plazo para cerrar el financiamiento adicional, donde los bonistas deben definir si aportarán o no recursos, se extendería en unos 45 días, lapso que marcará las fechas para reprogramar las deudas vigentes anteriormente. Al respecto, AD Retail señaló que efectivamente se está llegando a un acuerdo en esta materia con sus principales acreedores “quienes nos han dado un apoyo mayoritario en todas las etapas de este proceso”.
Esto, porque se acordaron dos modos de pago. Uno, que fija un plazo de 22 años para los acreedores que no aporten recursos adicionales, mientras que para aquellos que sí contribuyan, el pago será a cinco años desde la fecha en que se apruebe la de reorganización simplificada. Fuentes explican que las conversaciones entre bonistas y accionistas siguen en pie y estarían avanzando por buen camino.
Acción de Banco do Brasil
Pese al acuerdo con sus bonistas, surgió un imprevisto en el proceso que impulsa AD Retail en la justicia. Banco do Brasil -que tiene una exposición de $ 2.100 millones en la matriz de ABCDin y Dijon, equivalente al 1,46% del total de acreencias-, impugnó el pacto ante el 11° Juzgado Civil.
Según relata el banco en el escrito presentado –que hasta ayer aún no era resuelto por el tribunal–, si bien en primera instancia era deudor de ABCDin, esto cambió tras evidenciar su rechazo al acuerdo de reorganización judicial que impulsó esa cadena. Debido a ello, AD Retail ofreció negociar una alternativa de pago distinta, evitando así que el banco rechazara el plan.
Sin embargo, cuestiona que en paralelo a las negociaciones que mantenía con AD Retail, se estaba preparando también su reorganización y una nueva estructuración de los pasivos, sin darles aviso de ello. “La deudora mantuvo durante todo ese tiempo, en paralelo, conductas que resultan absolutamente incompatibles entre sí; mientras aseguraba a otros acreedores condiciones más beneficiosas en el acuerdo, por otra parte obtenía un crédito de nuestra representada, destinado a liberar a ABCDin de su obligaciones, el cual sabía desde un inicio que no iba a pagar en la forma pactada, como consecuencia del mismo acuerdo que negociaba”, detalla Banco do Brasil.
Todo esto, según dicen, se agrava aún más con el plan de pago de AD Retail. Y es que la institución financiera se encontraría restringida por ley a otorgar financiamiento adicional y, por consiguiente, de acceder a la alternativa de pago del crédito a cinco años planteada “ya mantiene el máximo de exposición permitido por la Ley General de Bancos respecto de dicho deudor”.
Una visión contraria tiene la empresa cuestionada. “No es correcto lo indicado por el Banco Do Brasil y lamentamos profundamente las expresiones vertidas en su escrito de impugnación y la actitud -ahora- asumida. Siempre hemos actuado de buena fe, e insistimos que fue propia entidad bancaria, por motivos propias de ésta, la que solicitó el cambio”, señaló AD Retail a DF.
Ya que el Acuerdo de Reorganización de ABCDin logró el respaldo mayoritario del 81,12% del pasivo total de la compañía, indicó que “su éxito nunca dependió de la aprobación del Banco, que es un acreedor minoritario”.
Respecto a las consecuencias que podría tener la impugnación del banco, en lo inmediato “podría traducirse en que la Comisión de Acreedores no entre en funcionamiento hasta que el Tribunal así lo determine”.