Presidente promulga ley que faculta al Servel para fijar normas sanitarias para un "plebiscito seguro"
Entre las materias a definir se cuentan constitución, instalación y funcionamiento de mesas receptoras de sufragio; además de horario de funcionamiento, donde se permitirá ampliar el horario hasta un máximo de 12 horas.
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El Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por los ministros del Interior, Víctor Pérez; Salud, Enrique Paris; Segpres, Cristián Monckeberg; y de Defensa, Mario Desbordes, así como el presidente del Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel), Patricio Santamaría, promulgó la ley que faculta al Servel a establecer las normas y procedimientos de carácter sanitario que corresponda para que el plebiscito del 25 de octubre desarrolle de manera adecuada y segura.
Piñera destacó que "se busca poder asegurar un plebiscito participativo, seguro, transparente e informado. Y, para eso, el Servel tendrá que tomar una serie de decisiones y dictar protocolos en conjunto con el Ministerio de Salud para asegurar que el plebiscito se haga en condiciones que aseguren y garanticen la salud y la integridad de todas las personas".
El ente electoral tendrá que tomar decisiones respecto del aforo máximo y la cantidad de locales de votación, el horario en que funcionarán y las medidas sanitarias que garantizarán que este plebiscito no contribuya a difundir o expandir la pandemia del coronavirus.
El Presidente enfatizó que "nunca debe olvidar, por supuesto, el Servel que la Constitución establece que el voto debe ser secreto y personal, y la Ley establece que el voto debe ser presencial, y que nuestras normas sanitarias establecen protocolos para asegurar la salud y la vida de las personas".
El plebiscito, parte del "Acuerdo por la Paz y una Nueva Constitución", suscrito por un amplio espectro político el 15 de noviembre, busca que la ciudadanía se pronuncie respecto de un proceso constituyente. Si bien inicialmente se fijó para el 26 de abril de 2020, debió postergarse para el 25 de octubre por la pandemia.
Entre las materias sobre las que podrá pronunciarse el Servel se incluyen: constitución, instalación y funcionamiento de mesas receptoras de sufragio, horario de funcionamiento. Se permitirá ampliar el horario hasta un máximo de 12 horas, además de promover horarios preferentes de votación, número máximo de apoderados, personas al interior y exterior del local de votación.
Respecto a las medidas sanitarias, podrá referirse a la regulación en el uso del lápiz, obligación del uso de mascarillas y otros medios de protección sanitaria para los electores para marcar la preferencia en las cédulas electorales, así como los útiles que deberán estar disponibles en las mesas receptoras de sufragios.
A esto se le suma la elaboración de un protocolo de carácter general y obligatorio, en acuerdo con el Ministerio de Salud.