Laboral & Personas

Con discusión inmediata ingresó al Congreso el nuevo Bono Clase Media y préstamo solidario con un costo fiscal de US$ 2.000 millones

Normativa también entrega la facultad para extender, mediante uno o más decretos exentos, la entrega de uno o más nuevos Bono Clase Media y/o Préstamo Solidario.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Martes 23 de marzo de 2021 a las 10:29 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Con discusión inmediata ingresó esta mañana a la Cámara de Diputados el proyecto de ley anunciado anoche por el Presidente de la República, Sebastián Piñera, que establece un bono de cargo fiscal denominado Bono Clase Media, junto con un Préstamo Solidario, así como un mecanismo de apoyo a los transportistas de pasajeros, producto de la pandemia.

Con relación al efecto fiscal del proyecto de ley, el gasto estimado para el Bono Clase Media y el préstamo solidario totalizan US$ 1.893 millones, considerando un universo de beneficiarios de 1,9 millones y 2,3 millones, respectivamente. La Dirección de Presupuestos (Dipres) explica que el gasto fiscal en el caso del préstamo considera la posibilidad de que se condonen las deudas al cabo de cuatro años, que se estima en torno a un 25% del monto.

A esto se le agrega el gasto de US$ 107 millones en que incurrirá el Fisco para solventar las ayudas a los trabajadores del transporte. Se calcula un universo de beneficiarios de 169 mil que recibirán el Bono Clase Media y 99 mil que accederán al préstamo solidario.

El Bono Clase Media junto con el componente del Préstamo Solidario que sea condonado, "constituirán una fuente de mayor gasto fiscal. Por su parte, el Préstamo Solidario, en el componente que sea restituido al Fisco, es una operación bajo la línea, y no irroga un mayor gasto fiscal. Las eventuales menores recuperaciones de préstamos, así como las condonaciones, tendrán un efecto negativo en el patrimonio del Fisco que en este informe se presentan como mayor gasto", señaló la Dipres.

El proyecto fue enviado a la comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados para su análisis.

Los beneficios:

Tendrán acceso a los beneficios de esta ley las personas naturales entre 18 y 65 años de edad, que cuenten con ingresos superiores al ingreso mínimo mensual. Adicionalmente, se requiere que hayan experimentado una disminución de al menos un 20% en su ingreso mensual, calculado como la variación porcentual entre los ingresos promedio del período diciembre 2020 -enero 2021 y el período diciembre 2019- enero 2020.

Se crea un bono de cargo fiscal, denominado Bono Clase Media, para las personas naturales que cumplan con los requisitos descritos en el punto anterior. Sin embargo, para los beneficiarios cuyo ingreso promedio del período diciembre 2020-enero 2021 sea mayor al ingreso mínimo a marzo de 2021 y menor o igual a $408.125, no requerirán caída de ingresos.

Los beneficiarios cuyo hogar se encuentre integrado por personas con discapacidad, por personas que perciban pensión básica de invalidez, adultos mayores de 65 años o más, o personas menores de 18 años que vivan en el hogar, tendrán derecho al bono incrementado según el número de personas que causen el beneficio en el hogar.

Se establece un Préstamo Solidario, que consistirá en un monto en dinero mensual que podrá ser solicitado por un máximo de dos veces. Excepcionalmente, quienes no sean beneficiarios del Bono Clase Media tendrán derecho a realizar una solicitud adicional. El monto del préstamo ascenderá como máximo al 100% del resultado positivo de la diferencia entre el ingreso promedio mensual 2019 y 2020, con un tope de $650.000.

El monto total del Préstamo Solidario se devolverá al Fisco a través del Servicio de Tesorerías, en cuatro cuotas anuales. La primera cuota corresponderá al 10% del monto total, y las siguientes tres cuotas al 30% del mismo. Sin embargo, cada cuota anual no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de Impuesto a la Renta. En caso de que se mantenga un saldo del beneficio por la aplicación de este límite, este será condonado.

Para efectos de imputar al pago de las cuotas anuales, a partir del primero de septiembre de 2022 se efectuará una retención adicional de 3% adicional de sus rentas, tanto para los trabajadores dependientes como para independientes y empresas individuales.

Se entrega la facultad para extender, mediante uno o más decretos exentos del Ministerio de Hacienda, expedidos bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", y suscritos además por el ministro de Desarrollo Social y Familia, la entrega de uno o más nuevos Bono Clase Media y/o Préstamo Solidario.

Se crea un Bono y un Préstamo de Apoyo para los microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros.

Lo más leído