Experto en regulación: "Si se le quita la concesión a Essal por este episodio sería un riesgo para todo el sector en Chile”
Frente a la presión pública y política por caducar la concesión sanitaria, el abogado experto Rodrigo Weisner sostiene que esa compañía no ha incumplido las casuales que contempla la Ley General de Servicios Sanitarios para aplicar esa medida.
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Luego del grave corte de suministro de agua que afectó por una semana a Osorno, la sanitaria Essal está vilo ante las posibles sanciones que establezca la autoridad. El impacto de este episodio en la regulación de la industria que se tramita en el Congreso y, sobre todo, frente la dura ofensiva desde un amplio espectro político que piden poner fin a esa concesión, se ha tomado la agenda en estos días.
En este marco, el debate se encamina a si efectivamente Essal infringió las causales que establece la normativa vigente para caducar una concesión de producción y abastecimiento de agua.
Para el abogado Rodrigo Weisner, socio del estudio Puga Ortiz, el punto decisivo para declarar la caducidad está en la capacidad de la sanitaria de operar de acuerdo a las condiciones de oportunidad y calidad establecidas en el contrato.
"En Chile se han dado tres casos de caducidad en todos los cuales efectivamente las causales tienen que ver con la reiteración de la falta; pero, a mi juicio, esto no sólo pasa porque sea reiterativo, sino que debiera haber un análisis respecto de si estamos en presencia de una empresa que es, o no, capaz de prestar el servicio sanitario", argumenta.
-En términos generales ¿en qué casos es aplicable la caducidad de una concesión sanitaria?
-La caducidad amerita cuando se pone en riesgo de que una empresa no esté en condiciones de prestar el servicio sanitario, porque no ha ejecutado el programa de desarrollo que se comprometió a ejecutar o la inversión de acuerdo a las tarifas que se le están pagando.
-¿Cuál es su diagnóstico del caso de la crisis de Essal en Osorno?
-Efectivamente, ahí hubo un incumplimiento que puede ser calificado como grave por la cantidad de personas que afectó.
-A su juicio ¿cuál es la sanción que corresponde aplicar?
-Frente a un accidente puntual que puede ser atribuido en negligencia inexcusable o un error muy grave, es razonable que gatille múltiples multas. Pero por los antecedentes que se manejan públicamente, no se ve un riesgo en cuanto a que la empresa no esté en condiciones de prestar su servicio de agua potable y alcantarillado.
-Entonces ¿la empresa debería perder la caducidad?
-A mí juicio, no.
-Pero autoridades locales, parlamentarios y partidos políticos opinan que la única medida justa en el caso de Essal es poner fin a la concesión...
-Si el estándar fuera de que se le quita la concesión sanitaria porque tuvo este episodio de contaminación, creo que sería un riesgo para todo el sector en Chile, como cualquier otra industria. Es como que se le estableciera a una empresa que por tener accidentes laborales con resultado de muerte a un trabajador tuviera que clausurarse. Eso no ocurre en Chile, tiene otras repercusiones como sanciones en la Inspección del Trabajo, por el lado de tasa de cobro de accidentabilidad, aumento en los riesgos, etc. Pero hay que pensar que la caducidad es la muerte de una empresa.
-Sin embargo, el gobierno ha confirmado que sigue analizando la caducidad como una alternativa...
-Entiendo el clima político que hay detrás; una semana sin suministro de agua es un hecho grave, sin duda, y vamos a ver una sanción porque aquí hubo un error humano. Si uno mira desde el punto de vista político y de la opinión pública, la caducidad resulta bien atractiva porque si uno pregunta al ciudadano común si debiese quitarse la concesión sanitaria probablemente esa opción ganaría en una votación. Pero desde mi rol como abogado creo que las sanciones de extinción de una sociedad tienen que ser de acuerdo a un estándar que en general la licitación y la autoridad regulatoria ha aplicado a distintas empresas sanitarias. Creo que el estándar no debiera ser que frente a un error se aplicara la clausura de inmediato, como es la caducidad.
-Si se llegara a decretar el fin de la concesión de Essal ¿cuáles serían las sanciones para los directivos de esa empresa?
-En el caso de que la empresa pierda la concesión, el artículo 8 de la Ley General de Servicios Sanitarios dice que "no podrán ser directores o gerentes de empresas concesionarias de servicio público sanitario las personas que hayan sido directores o gerentes de empresas a las cuales se les haya caducado una concesión de servicio público, a menos que hayan transcurrido diez años desde dicha caducidad".
-¿Implica eso un riesgo para Guillermo Pickering dado que también es presidente de Aguas Andinas
-En los términos previstos por la ley sanitaria, no veo las condiciones para que declaren la caducidad.
-Entre las lecciones que arroja este caso, ¿ve necesario reformar la ley en términos de fiscalización?
-El marco del sector sanitario se modificó en 1997 a propósito de la incorporación de capital privado y se creó toda una institución regulatoria con sanciones fuertes, como es el caso de la propia caducidad, pero no es necesaria una modificación a raíz de este episodio en particular.
-El caso de Essal aumentó la presión por aprovechar las modificaciones a la ley de servicios sanitarios para aumentar las atribuciones fiscalizadoras de la SISS, sobre todo después que el superintendente ha dicho que carece de personal y no tiene atribuciones para, por ejemplo certificar el manejo de los combustibles, que fue el origen de la crisis de Osorno.
-No estoy de acuerdo con eso. Estos eventos no tienen que ver con un cumplimiento o incumplimiento de un plan de desarrollo, sino con una mala operación que hizo un empleado de la empresa sanitaria. Uno puede tener un programa de desarrollo espectacular y el episodio puede ocurrir igual por una mala operación. Entonces, hacer una ley que garantizara que nunca más Chile va a tener un episodio de derrame de hidrocarburo es imposible. Los episodios de errores humanos en malos manejos existen en todas las industrias.