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Opinión

Informe de peritos y sana crítica

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 22 de enero de 2014 a las 05:00 hrs.

El informe de peritos es reconocido en nuestro ordenamiento jurídico como válido medio de prueba. Se justifica este medio probatorio en asuntos controvertidos que requieran para su acertada resolución, de la opinión de personas que dominen una ciencia o arte específica, en diferentes campos, ya sea económico, financiero, ingenieril, etc., que permitan ilustrar al Tribunal para tomar una decisión acertada en materias en que los magistrados no tienen conocimiento.

Emitido un informe pericial, el Tribunal que conoce de él, debe apreciar su valor probatorio conforme a las reglas de la sana crítica. Las reglas de la sana crítica no se encuentran especialmente definidas en texto legal alguno, lo que, en todo caso, no ha constituido óbice para que por la vía principalmente de la jurisprudencia y de la doctrina se haya ido avanzando en su debida y acertada conceptualización.

Así, la Corte Suprema la ha definido: “sana crítica es aquella que nos conduce al descubrimiento de la verdad por los medios que aconsejan la razón y el criterio racional puesto en juicio”.

De este modo, las reglas de la sana crítica aparecen definidas como un proceso intelectual, interno y subjetivo, pero fundamentalmente lógico y racional, por el cual el juez de la instancia aprecia y pondera la prueba que se le ha ofrecido, de modo de llegar al convencimiento personal y, de esta forma, al establecimiento de la verdad, sin las tradicionales ataduras que muchas veces impone el sistema tradicional de prueba reglada.

Pero, como proceso lógico y racional que es, la sana crítica no se agota o extingue con la mera expresión de una opinión y debe necesariamente ser fundamentada, razonada, explicitada, pues de lo contrario estaríamos frente a un sistema de libre valoración de la prueba, sistema no contemplado en nuestro ordenamiento jurídico.

La complejidad de las materias sometidas al conocimiento de los tribunales, y la convicción creciente en cuanto a que la justicia deriva de un análisis personal de quien falla, por lo demás natural, no permite que aquel que está llamado a dirimir un asunto, abandone los presupuestos mínimos de un sistema de prueba reglado, so pretexto de buscar justicia. La subjetividad puede constituir una de las mayores arbitrariedades.

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