Políticas públicas con rango constitucional: una mala idea
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Es bastante claro que, para retomar el camino de desarrollo extraviado hace años, un hito necesario es dar por terminada la discusión constitucional, que siembra incertidumbre en todos los actores económicos, políticos y sociales. Es cierto que la Constitución -perfectible, sin duda- nunca ha sido la causa principal de los problemas del país; sin embargo, el alto precio que se ha pagado en los últimos años en el intento de reformarla exige que el actual proceso constitucional llegue a buen puerto, más aun considerando el decepcionante fracaso del anterior.
En el ámbito tributario constitucional deberían caber sólo los principios en base a los cuales se fijan los impuestos.
Las encuestas muestran que, por ahora, la opción “En contra” sería mayoritaria. Revertir ese ánimo necesita que la población perciba avances hacia acuerdos amplios. Es preciso, entonces, construir las mayorías y consensos necesarios para llegar a un texto que se pueda presentar, responsablemente, a la ciudadanía, y obtener su aprobación. En lo medular, ese texto debiera ser efectivamente una base sólida del ordenamiento jurídico, limitar el poder del gobernante y permitir la expresión de gobiernos diversos elegidos democráticamente. No mucho más.
En este sentido, están mal encaminadas las enmiendas sobre temas ajenos a lo que deberían ser normas constitucionales, y más propios de la política pública. La enmienda que exime del pago de contribuciones a la vivienda principal sigue ese camino inapropiado, ya que se trata de una política tributaria específica que debería ser materia de ley. En el ámbito tributario, tal como hace la Constitución vigente, deberían caber sólo los principios en base a los cuales se establecen los impuestos.
Obviamente, a nivel de política pública, existen espacios importantes de mejoría en la tributación de los bienes raíces, como también respecto al financiamiento de los gobiernos municipales, pero es muy contraproducente que se trate de dar curso a esta discusión a través del ordenamiento constitucional. Por otra parte, los impuestos territoriales, con un diseño apropiado, si pueden servir fines de eficiencia y equidad.