Editorial

IVA a los servicios: necesaria revisión

  • T+
  • T-

Compartir

Ingresado a tramitación legislativa en diciembre de 2021 y promulgado en enero de este año, la fuerte polémica en torno a la pronta entrada vigencia del IVA a los servicios ha puesto en evidencia que se trató de un proyecto que ameritaba más estudio y debate. La sola postergación de su puesta en vigor, sin embargo, no parece la mejor solución, sino que se requiere hacerle correcciones.

Gravar con IVA diferenciadamente en función del tipo de sociedad es abrir legalmente un espacio para la elusión.

El principal problema es que la ley aprobada produce una inequidad para servicios equivalentes, habiendo una estructura societaria distinta. En principio, todos los bienes y servicios deberían pagar IVA, y las exenciones deben ser las menos posibles. No es razonable, en efecto, que en el caso de los servicios profesionales se pueda seguir estando exento si se trata de una sociedad limitada y de profesionales que tienen la misma profesión o afines, y que además trabajan como fuente principal en dicha sociedad. Lo correcto es que independiente del tipo de organización todas paguen IVA, o no lo paguen, pero al existir esa diferencia se abre legalmente un espacio para la elusión.

Lo anterior tiene, además, efectos en el servicio prestado. La gran mayoría de las sociedades de profesionales entrega sus servicios a personas o sociedades que no son sujetos de IVA (y, por tanto, no pueden descontar el pago de ese impuesto). Así, el IVA se traduce en un aumento del precio del servicio, salvo para aquellas sociedades que puedan organizarse para seguir exentas, las que tendrían una ventaja respecto de las primeras.

Postergar la implementación por seis meses, como se ha planteado, equivale a “hacer vista gorda”. Ello sólo tendría sentido si se usa ese tiempo para introducir una modificación legislativa o se incluye este tema en la discusión de la reforma tributaria.

Una tasa transitoriamente menor para servicios podría ser una solución “parche” en lo inmediato, pero lo óptimo es que finalmente todos los bienes y servicios estén afectos a la misma tasa de IVA. Gravarlos diferenciadamente en función del tipo de sociedad es, casi con seguridad, la peor solución.

Lo más leído