¿el Teletrabajo como derecho?
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Hace algunos días se aprobó una batería de indicaciones presentadas al proyecto del Ejecutivo sobre conciliación laboral, iniciativa que busca fortalecer el teletrabajo para, por esta vía, mejorar la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.
La iniciativa inicialmente ingresada consagraba el teletrabajo como un derecho exclusivo del trabajador, lo cual generó válidas críticas y aprensiones por parte de la oposición: el establecimiento de sólo un derecho, sin la posibilidad de generar un pacto de mutuo acuerdo con el empleador, rigidizaría las condiciones de contratación, lo que finalmente podía terminar desincentivando la generación de oportunidades laborales a quienes demandaran dicho beneficio, mayoritariamente trabajadores al cuidado de menores o de personas en situación de discapacidad o dependencia.
Si bien los cambios al proyecto de conciliación laboral son una mejora, podrían aún resultar insuficientes.
Si bien los cambios constituyen una mejora respecto a la propuesta inicial del Gobierno, éstos podrían aún resultar insuficientes. Los desincentivos a la contratación podrían seguir presentes si el empleador debe justificar la necesidad presencial de cada trabajador, con el desgaste que lo anterior podría implicar también con los organismos fiscalizadores relacionados.
Las últimas cifras de empleo muestran que los niveles de ocupación presentan un retroceso de más de una década, concentrado en jóvenes y mayores de 55 años con baja calificación. Por ello, cualquier cambio en materia laboral debe tener como norte no sólo no entrampar las oportunidades de empleo (como podría ser el caso), sino que buscar cómo generar nuevas fuentes laborales, sobre todo en los segmentos con mayores retrocesos.
¿Por qué no, por ejemplo, permitir que sea el empleador el que proponga la fórmula, de acuerdo a una norma previamente consensuada, o ésta se pacte de mutuo acuerdo de manera voluntaria? La discusión del proyecto de ley de conciliación laboral del Ejecutivo recién comienza, por lo que aún hay tiempo para procurar que el proyecto cumpla con su objetivo último y permita contribuir a la recuperación (y no al retroceso) en materia de cifras de empleo y bienestar laboral.