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Reforma tributaria: ¿y la eficacia del gasto?

Juan Ignacio Correa Círculo Legal ICARE

Por: Juan Ignacio Correa | Publicado: Miércoles 10 de agosto de 2022 a las 04:00 hrs.
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Juan Ignacio Correa

La nueva reforma tributaria, anunciada como “Un nuevo pacto fiscal moderno, justo y eficiente”, aspira a recaudar ─al cabo de cuatro años─ el 4,2% del PIB. Se informa que su objetivo sería asegurar a todos los ciudadanos una sobrevivencia digna.

¿Es legítimo restarse a tal finalidad?

Por supuesto que no, si es que el Estado destina lo recaudado a gastos justos y eficientes. Y tal diálogo comienza por reasignar los programas sociales gubernamentales mal evaluados o de baja productividad. Existen diversos estudios que advierten que el 75,9% de los programas fiscalizados entre 2001-2020 han tenido un mal desempeño global. Sin embargo, año tras año son renovados sin que el Congreso tome cartas para frenar el respectivo despilfarro, ya sea eliminándolos o rediseñándolos. La evidencia muestra que sólo a veces se introducen cambios, siempre pequeños.

“La nueva reforma tributaria debe incorporar una norma legal que prohíba asignar presupuestos a programas mal evaluados por más de un período determinado. E incluir otra regla fiscal que disponga que, periódicamente, se convoque a un panel de expertos para analizar la pertinencia de dichos programas”.

De acuerdo con las proyecciones, los montos involucrados en tales programas oscilan entre los 3.000 y 5.000 millones de dólares, es decir, entre 1% y 1,7% del PIB, aproximadamente. Si esos recursos fuesen redireccionados, la ineficiencia del gasto público no seguiría afectando a los más desposeídos e invisibilizados. ¡Cómo negar que la justicia y eficiencia del gasto es una cuestión ética!

No basta con declarar ser un “Estado social”, como se hizo en 1989 y 1991, respectivamente, cuando Chile incorporó a su derecho interno el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas de 1966, y luego la Convención Americana sobre Derechos Humanos de la OEA de 1969. Y ahora, el Borrador Constitucional lo establece en su artículo 1°. Todas esas declaraciones programáticas son letra muerta si los recursos se malgastan.

En tal contexto, la actual Reforma Tributaria debe ser discutida en forma conjunta y simultánea con la Ley de Presupuestos para 2023. Como dichos programas están establecidos por ley o atienden necesidades que difícilmente pueden eliminarse o disminuirse, debería ser obligatorio que todos los años tanto la Ley de Presupuesto como el Congreso evaluaran si existe derroche y, en tal evento, de qué forma se corrige esa ilegítima desviación.

La nueva reforma tributaria debe incorporar, entonces, una norma legal que prohíba asignar presupuestos a programas que cuenten con una valorización negativa por más de un período determinado. Lo mismo para todos aquellos que no registren sus resultados. E incluir otra regla fiscal que disponga que periódicamente se convoque a un panel de expertos para analizar la pertinencia y justicia de dichos programas.

La situación social actual no permite seguir esperando. La discusión democrática que se llevará a cabo naturalmente en el Congreso, con ocasión de esta nueva reforma de impuestos, es una excelente oportunidad para ponerle el cascabel al gato. No están los tiempos para desperdiciar recursos. Tener malas políticas públicas no puede dejar a nadie indiferente. Hoy necesitamos verdaderamente un “nuevo pacto fiscal moderno, justo y eficiente” para enfrentar, en forma global, los problemas que genera la implementación y vigencia real de un Estado Social. Es el momento de actuar responsable y consecuentemente.

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