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Columnistas

Protección de secretos empresariales

Los secretos empresariales son un medio útil para incentivar la innovación...

Por: Equipo DF

Publicado: Jueves 24 de noviembre de 2011 a las 05:00 hrs.

Los secretos empresariales son un medio útil para incentivar la innovación dentro de las empresas. Su adecuada protección legal establece un incentivo para los sectores productivos y comerciales en el sentido de generar productos y servicios innovadores, lo cual a su vez, sirve para insertar a los países más estratégicamente dentro del flujo del comercio internacional.



Ahora bien, lamentablemente esta protección es claramente deficitaria en Chile, toda vez que el artículo 86 de la Ley 19.039 sobre Propiedad Industrial circunscribe esta exclusividad sólo sobre “…todo conocimiento sobre productos o procedimientos industriales..”, es decir, nos encontramos frente a una norma que sólo incluye protección sobre los secretos industriales (secretos de fábrica), más no necesariamente sobre los secretos empresariales o comerciales.

Sabido es que la noción de secreto comercial es mucho más amplia que la secreto industrial, y que responde con mayor propiedad a los dinámicos necesidades de la sociedad del conocimiento, por lo que actualmente podemos argüir que en Chile no existe una protección de propiedad industrial muy efectiva sobre los secretos comerciales tanto a nivel civil como penal.

Tan cierto es lo que venimos señalando, que el artículo 88 de Ley 19.039 al señalar “Sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda…”, se limita a remitir la protección de este tipo de secretos de forma muy vaga al ordenamiento penal, y más específicamente al artículo 284 del Código Penal que consagra solamente el delito de violación de secretos de fábrica, más no el de secretos comerciales o empresariales. Tan vago es el artículo 88 que para algunos estaríamos frente a una ley penal en blanco, lo que obviamente dificulta la observancia de la misma.

Sin perjuicio de lo anterior, no debemos olvidar que igualmente las empresas pueden recurrir a la Ley N° 20.169 que regula la Competencia Desleal, que otorga a los titulares de secretos empresariales medidas precautorias y acciones civiles para proteger los mismos, sólo si son capaces de probar que efectivamente el infractor mediante el uso del secreto comercial esta efectivamente desviado su clientela por medios ilegítimos.

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