Limitar la exclusión de jornada: ¿ganan los trabajadores?
María José Zaldívar Abogada y ex ministra del Trabajo
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María José Zaldívar
Existe hoy un amplio consenso respecto de la necesidad de perfeccionar nuestra legislación laboral en lo que respecta a la jornada de trabajo, para asegurar que los trabajadores en nuestro país puedan tener tiempo para desarrollarse más plenamente en diversas áreas de su vida y de esta forma ser más felices, evitando que el trabajo consuma la totalidad de su tiempo. Y que este cambio se debe hacer cuidando la economía y la productividad, para permitir que las distintas entidades empleadoras puedan asumir los costos con gradualidad y sin hacerlas peligrar.
Ahora bien, con las indicaciones presentadas al proyecto de semana laboral de 40 horas pareciera que para el Ejecutivo la única manera de alcanzar este objetivo es reduciendo la cantidad de horas de trabajo, y no combinándolo con mecanismos que permitan una mejor ordenación de los tiempos trabajados, según las propias necesidades o preferencias del trabajador.
“Se pretende mejorar la calidad de vida de los trabajadores reduciendo la jornada, pero al mismo tiempo se restringe fuertemente la posibilidad de que ellos mismos tengan injerencia en determinar cómo se distribuye y organiza su trabajo”.
En este sentido, mucho se ha escrito sobre las ventajas que podría tener para ciertas actividades productivas y para los mismos trabajadores el que las jornadas se pudieran regular por períodos más amplios que los semanales, y que se permitieran cálculos bimensuales o trimestrales. Pero poco se ha discutido respecto de la indicación del Ejecutivo que restringe —casi en su totalidad—la posibilidad de que los trabajadores estén excluidos de limitación de jornada de trabajo, y sobre los impactos que esto traería.
En la práctica, la indicación presentada por el Gobierno limita sólo a los trabajadores que tienen cargos de jefatura o facultades de administración la posibilidad de estar exentos de registrar asistencia y cumplir un horario predeterminado, obligando a que el resto deba —necesariamente— cumplir con esas obligaciones.
Esto significa, en términos prácticos, que se termina con la posibilidad de que un trabajador dependiente pacte trabajar por producto o resultado, que organice libremente sus horarios, y que no necesariamente marque tarjeta, ya sea de manera física o virtual. Así las cosas, se pretende mejorar la calidad de vida de los trabajadores reduciendo la jornada, pero al mismo tiempo se restringe fuertemente la posibilidad de que sean ellos quienes tengan alguna injerencia en determinar cómo se distribuye y organiza ese trabajo.
¿Es esto necesariamente lo que quieren o aspiran los trabajadores de nuestro país, en especial los más jóvenes? ¿Una norma cómo esta no terminará teniendo el efecto contrario, e incentivando la informalidad laboral? En tiempos en que estamos revisando el sistema previsional y que imperiosamente debemos buscar los mecanismos para mejorar la cobertura, ¿necesitamos más trabajadores por cuenta propia al margen de la protección social y que no contribuyan al sistema?
Es cierto que esta puede ser la realidad de un grupo reducido de trabajadores, sobre todo de los más jóvenes y con mayores posibilidades de elección, y que no necesariamente son representativos de la realidad nacional. Pero nos sirve para cuestionarnos si efectivamente sólo disminuyendo el guarismo de la duración de la jornada de trabajo vamos a cumplir con el objetivo que nos hemos propuesto, o si es necesario también incorporar otras medidas que combinadas nos den una mejor solución.