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Las deudas pendientes de la Ley de Quiebras

RICARDO IBÁÑEZ Abogado y fundador de Defensadeudores.cl

Por: RICARDO IBÁÑEZ | Publicado: Viernes 7 de octubre de 2022 a las 04:00 hrs.
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RICARDO IBÁÑEZ

La mitad llena del vaso: a ocho años de su puesta en marcha, la Ley 20.720 de Reorganización y Liquidación de activos de Empresas y Personas –comúnmente llamada “Ley de Quiebras”- ha permitido a miles de personas naturales y jurídicas volver a emprender, reinsertarse en el sistema financiero o reorganizar sus pasivos para la continuidad de sus proyectos.

La mitad vacía: la ley tiene deudas pendientes. Toda una paradoja para una regulación que, precisamente, busca entregar a las personas la tranquilidad de dejar de cargar con el peso de la morosidad.

“Muchas personas que se han sometido a procedimientos de insolvencia, a pesar de que quedan sin antecedentes comerciales, en la práctica son excluidas de volver al sistema financiero”.

A ocho años desde que entrara en vigencia, la Ley 20.720 evidencia dos brechas importantes. Por una parte, la norma excluye a los deudores del Crédito con Aval del Estado de acceder a procedimientos concursales de insolvencia, de tal manera que una deuda estudiantil les impide reinsertarse en el sistema financiero, soñar con la casa propia, pedir un crédito para un auto, emprender un proyecto o viajar.

Entre las urgentes reformas del texto legal también podemos considerar quitar el carácter de empresa deudora a las personas que han emitido boletas en los últimos 24 meses; poder reorganizar algunas deudas excluidas (como las previsionales); o hacer más accesible los procesos de reliquidación para las pymes de menor tamaño.

El balance positivo de estos primeros ocho años es que el país cuenta con un sistema concursal moderno, que ofrece a las personas la capacidad de emprender y rehabilitarse tras un fracaso. Una regulación que -salvo la excepción antes descrita- entrega una segunda oportunidad a personas naturales, grandes empresas y pequeños y medianos emprendimientos.

De alguna forma, se reconoce la posibilidad de fracasar y se establecen mecanismos legales para ponerse nuevamente de pie. Sin embargo, otra de sus brechas radica precisamente en la “calidad” de esa reinserción. Muchas personas que se han sometido a procedimientos de insolvencia, y a pesar de que quedan sin antecedentes comerciales, en la práctica son excluidas de volver al sistema. De hecho, solo han logrado la apertura de productos financieros como cuentas corrientes gracias a la interposición de recursos extraordinarios ante tribunales.

Este no puede ser el camino. Si el Estado de Chile, a través de todos sus poderes, llegó al consenso de redactar, promulgar y dar cumplimiento a una ley, no es posible que instituciones que operan en el mercado regular pretendan saltarse esta regla.

El año pasado se registraron más de 5 mil procedimientos de liquidación voluntaria en todo el país, y pese a la crisis económica, este año esa cifra ha disminuido. Todo hace proyectar que en 2023 serán más chilenos y chilenas los que serán golpeados por la crisis. Para todos ellos es valiosa la tranquilidad de que el país cuenta con una ley a la que pueden acogerse y volver a empezar.

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