Columnistas

La Constitución y el sistema económico

Mauricio Villena Decano Facultad de Economía y Empresa UDP

Por: Mauricio Villena | Publicado: Martes 15 de marzo de 2022 a las 04:00 hrs.
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Mauricio Villena

Las constituciones son documentos económicos, además de políticos. Es un error creer que la Constitución de un país no tiene mayor influencia en su sistema o modelo económico y en su desempeño. Tanto la libertad económica como la libertad política son esenciales para que las naciones crezcan y prosperen. Es clave que la nueva Carta chilena establezca y refuerce las condiciones necesarias para el funcionamiento de una economía social de mercado, pero esta idea, lamentablemente, parece ser rechazada por parte de la Convención, lo que sería un claro cambio respecto del modelo que nos ha guiado exitosamente las últimas tres décadas.

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La principal característica de una economía social de mercado, y que debería estar presente en la Constitución, es el derecho a la propiedad privada. Los recursos de capital, el derecho a usar recursos naturales y los bienes y servicios producidos en la economía pertenecen en gran medida a individuos e instituciones privadas, no del gobierno. La propiedad privada, combinada con la libertad de negociar contratos legalmente vinculantes, permite a los agentes económicos, dentro de unos límites muy amplios, obtener y organizar los recursos que deseen para la producción de bienes y servicios.

Cuanto más fuerte sea el compromiso y respeto a los derechos de propiedad en una economía, mayor será el incentivo para trabajar, ahorrar y para la inversión empresarial. Más eficaz será el funcionamiento de la economía y por ende más propicio el ambiente empresarial para el crecimiento. La Convención Constitucional terminó en una de sus comisiones la norma 293, que ratifica el derecho a la propiedad, pero deja a leyes futuras la regulación de las expropiaciones: no establece la forma de indemnizar tales expropiaciones, tanto en la definición del monto como en el timing del pago (por ejemplo, pagar un valor de mercado por lo expropiado y de forma anticipada).

Una carta constitucional que relativice los derechos de propiedad sin duda no incentivará ni la inversión empresarial ni el crecimiento económico, y por ende puede afectar negativamente la calidad de vida de las personas en el futuro.

Esto se suma a propuestas que plantean la expropiación y estatización de una serie de actividades económicas (minería, bosques, derechos de agua, concesiones, sanitarias, los campos, etc.). Aunque todavía no han sido aprobadas por el pleno de la Convención, generan incertidumbre respecto del futuro de dichas industrias y de la economía del país en general, causando un gran revuelo no sólo en los inversionistas chilenos, sino que también en los extranjeros. Su aprobación en las comisiones tiene un impacto muy negativo en la confianza empresarial, que es un factor determinante clave para incentivar la inversión y el crecimiento económico.

Poner en la Constitución un énfasis desmedido en lo que puede hacer el Estado en términos de actividad empresarial, y limitar la acción privada, implica un cambio importante en el sistema económico chileno y puede afectar gravemente la inversión empresarial. No debemos olvidar que el crecimiento económico, liderado por la actividad privada, es el único medio con que los países mejoran la calidad de vida de las personas de manera sostenible en el tiempo, y permite a los Estados contar con los recursos para proporcionar bienes necesarios y servicios públicos como la salud, la educación, la protección social y los servicios públicos básicos.

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