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Inversión extranjera: ¿una ola de demandas?

Jorge Schenke Schenke y Brancoli Abogados, SLBZ

Por: Jorge Schenke | Publicado: Martes 19 de julio de 2022 a las 04:00 hrs.
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Jorge Schenke

Más allá de estar a favor o en contra del proyecto de nueva Constitución, es innegable que su eventual aprobación hará incurrir al país en importantes gastos para su consumación.

El crecimiento del Estado, el financiamiento de los nuevos derechos constitucionales, la implementación de la nueva institucionalidad, la ejecución de las leyes necesarias para “completar” el texto, son todas muestra de lo anterior, sumado a la mayor contratación de funcionarios, adquisición de infraestructura, y sobre todo, un gasto social permanente para cumplir con las expectativas que tendrán los chilenos si la nueva Carta Magna se aprueba.
Pero hay más.

“Ante el cambio de las reglas de juego en el proyecto de Constitución, los inversionistas extranjeros verán cómo exigir al Estado de Chile la reparación de los perjuicios que sufran”.

Ante el cambio de las reglas del juego, los inversionistas extranjeros verán la forma de exigir al Estado de Chile la reparación de los perjuicios que sufran, invocando normas y tratados que los amparan frente a tribunales internacionales. Esos daños, desde la mirada de los eventuales demandantes, serán fáctica y jurídicamente injustificados. Mutatis mutandis, los inversionistas nacionales podrán hacer lo propio ante tribunales chilenos.

Cuando un empresario decide desarrollar negocios en Chile y arriesgar su patrimonio, lo hace en un marco conocido, con las reglas establecidas y un sistema evaluado jurídica y económicamente. Modificar la estabilidad del derecho de propiedad; descifrar qué es el denominado “precio justo” ante posibles expropiaciones; ampliar el derecho a huelga como se propone consagrar; alterar sustancialmente el uso de las aguas, además de una reforma profunda al sistema político y judicial, son, sin lugar a dudas, cambios tan profundos que hoy justifican una preocupación legítima de los inversionistas, quienes más adelante podrían ejercer acciones judiciales en contra de Chile.

De configurarse este escenario, veremos a un Estado que se defenderá e intentará sostener que, más allá de las nuevas reglas, se trata del ejercicio de un derecho soberano que no da lugar a ningún tipo de resarcimiento. Serán los tribunales los que decidirán quién tiene la razón, pudiendo, sus sentencias, implicar pérdidas millonarias, aun sin magnitud conocida, para Chile y, en definitiva, para cada uno de los chilenos.

Sin embargo, probablemente el costo más profundo será intangible, porque Chile verá afectada directamente su “Imagen País”. Esa marca que lo ha llevado a ser reconocido como un lugar serio, seguro, ordenado, y, sobre todo, estable económica, política y jurídicamente. Esto es el resultado de décadas y generaciones trabajando por esa bien ganada percepción, que ha permitido permitir que importantes capitales chilenos y extranjeros –de todo el mundo– hayan tomado la decisión de radicarse aquí. El riesgo que corremos es tener que volver a empezar, para que en 40 o 50 años más, retomemos el lugar del que hoy gozamos.

“Al buey por el asta, y al hombre por la palabra”. Este antiguo refrán español se hace aplicable al Chile de hoy. Si llegamos a defraudarlo, podrá significar graves costos que perjudicarán, primeramente y como siempre, a los más vulnerables y necesitados.

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