DF Tax | Medidas de incentivo tributario en discusión para la reactivación de la economía: un respiro para las PYME
Esteban García Nadal, socio fundador de García Nadal Abogados.
Dentro de las distintas materias que han sido vistas por la Cámara de Diputados en los últimos días, a fin de contribuir a la reactivación de la economía, resulta destacable la aprobación de medidas tributarias transitorias, que pudieran implicar un beneficio real para las empresas en este tiempo de crisis, y muy particularmente para las acogidas al régimen pro PYME.
Por una parte, está la medida de depreciación instantánea de 100% de los bienes físicos del activo inmovilizado que, de estar acotada a la Región de la Araucanía -como ocurre actualmente-, ahora se haría extensiva a todo el país, a fin de otorgar un incentivo a la inversión tanto por parte de PYME como de grandes empresas, atendido el menor coste de capital aparejado a dicha depreciación anticipada, que se haría extensible a todos los bienes adquiridos entre junio de 2020 -incluyendo nuevos e importados- y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Por otra, está la rebaja de 25% a 12,5% del Impuesto de primera categoría a favor de las PYME, para los ejercicios correspondientes al presente año 2020, el 2021 y 2022, en lo que constituye una rebaja transitoria del 50% en la tasa del impuesto corporativo por las rentas que éstas perciban o sean devengadas dentro de aquel período de tres años tributarios, que se ve complementando, además, con la posibilidad de obtener una devolución del IVA acumulado entre enero y mayo del presente año a que podrían acceder las PYME que registren una caída en sus ventas igual o superior al 30% en relación al mismo período en 2019, condicionado a que efectivamente mantengan un saldo de IVA acumulado y un buen comportamiento tributario (esto es, que hayan presentado oportunamente las declaraciones por IVA de los últimos 36 meses y no mantengan deuda vigente).
Estas nuevas medidas vienen a sumarse a aquéllas que ya fueron anunciadas y aplicadas por Hacienda el pasado mes de marzo, cuyo objetivo fue contribuir a la liquidez de las PYME, las grandes empresas y los trabajadores, por la vía de suspender la obligación de pago de PPM y la postergación en el pago de IVA durante los meses de abril, mayo y junio, del anticipo en la devolución de impuestos, la reducción al impuesto de timbres y estampillas a tasa 0% durante los meses de abril a septiembre, y la aceptación de gasto tributario en el caso de gastos generados durante la emergencia sanitaria originada por el COVID-19.
Desde ya, medidas como las antes señaladas en un contexto como el presente, en que el estancamiento y derecha paralización de muchas actividades productivas como consecuencia de las medidas que la autoridad ha debido adoptar para preservar la salud pública han provocado una severa desestabilización de la economía -que ya venía resentida con ocasión de las manifestaciones sociales iniciadas en octubre de 2019-, parecen ir en la dirección correcta. Y es que todas las medidas que vayan a favor de las empresas -y muy particularmente, a favor de las PYME- no sólo constituyen ventajas o beneficios al "empresariado", como ocasionalmente se ha querido exponer a la opinión pública, sino que revisten el potencial de constituir importantes herramientas para revertir, o al menos, contener las cifras de morosidad y desempleo nacional, intrínsecamente vinculadas a la sostenibilidad económica de las empresas.