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Consolidación tributaria como eje para volver a crecer

PABLO MAHÚ Serrano abogados

Por: PABLO MAHÚ | Publicado: Jueves 3 de octubre de 2024 a las 04:00 hrs.
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PABLO MAHÚ

Tras la aprobación de la ley de Cumplimiento Tributario, se abre una importante puerta para discutir algunos temas que se encontraban pendientes en materia tributaria y que, sin duda, pueden ayudar a mejorar las inversiones y, en último término, la economía.

A propósito de estos nuevos temas que han comenzado a discutirse, es posible plantear una idea que quedó fuera del proyecto comentado, pero que podría ser un avance: la introducción de un régimen de consolidación tributaria, es decir, de un sistema que busque simplificar las reorganizaciones y el cumplimiento tributario de los grupos empresariales en el país. En particular, esto implicaría que las actividades y el patrimonio de la(s) filial(es) se entenderían parte de las actividades y patrimonio de la matriz como si fueran una sola entidad para efectos tributarios. 

Bajo determinadas condiciones, un régimen como el propuesto facilitaría reorganizaciones simples y tributariamente neutras, permitiendo fiscalizaciones con mejor uso del tiempo y recursos del SII.

Existe abundante experiencia comparada en Europa y Estados Unidos sobre la cual basarse para implementar un régimen tal en Chile. Dicha experiencia muestra que muchas empresas los utilizan precisamente porque facilitan el quehacer tributario empresarial.

¿Cómo se vería un régimen de consolidación?

Lo primero es el requisito de propiedad. El mínimo de propiedad en el capital de la(s) entidad(es) que forma(n) parte del grupo podría ser de 95%, estableciendo un umbral alto para asegurar la existencia de un verdadero grupo económico.

Otro requisito lógico sería que entre todas las entidades sujetas al régimen de consolidación aplique el mismo régimen tributario para determinación de la renta. Por ejemplo, todas las entidades que formen parte del grupo consolidado deberían tributar bajo el régimen 14 A de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

De forma similar, otro requisito sería que las entidades parte del grupo consolidado sean todas residentes tributarias chilenas. Esto podría incluir un grupo consolidado de dos entidades hermanas cuya matriz no sea residente chilena, o bien una matriz y una subfilial de propiedad de un holding intermedio no residente en Chile.

Un régimen de consolidación tributaria como el que acá se propone tiene suficientes ventajas, como saldar mutuamente las pérdidas y utilidades del grupo dentro de un período; el no reconocimiento de resultados en transacciones entre empresas del grupo; y bajo determinadas condiciones, la reorganización simples y tributariamente neutras, permitiendo fiscalizaciones más sencillas por parte de la autoridad, con un mejor uso del tiempo y recursos del SII.

En tiempos donde la economía no despega, es bueno pensar cómo el sistema tributario puede aportar herramientas para volver a crecer. Y la consolidación tributaria es, justamente, una de ellas.

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