Cambios a ley de fraudes bancarios: cuatro propuestas
FERNANDO ARAYA Co Founder y CEO de Tenpo
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FERNANDO ARAYA
La seguridad del sistema financiero es un pilar fundamental para el desarrollo de nuestro país. Según la ABIF, US$ 350 millones fue lo que tuvieron que asumir las instituciones financieras durante 2023 para hacer frente a las consecuencias de la ley de fraudes bancarios. Si bien su intención era proteger a los consumidores, su redacción ha repercutido seriamente en la industria, favoreciendo la proliferación de un modus operandi delictual.
El estado actual sobre esta materia ha conducido a que los oferentes de medios de pagos electrónicos restrinjan su oferta o a que, derechamente, aumenten los costos asociados. Esto se traduce en dos aspectos muy relevantes. Por una parte, se disminuye la inclusión financiera de las personas y, por otro, merma el avance de inclusión digital de la población y su dependencia de portar efectivo, lo que representa una inseguridad evidente.
“Si bien la intención de la ley era proteger a los consumidores, su redacción ha repercutido seriamente en la industria, favoreciendo un modus operandi delictual”.
Consciente del problema, en estos momentos el Senado discute modificaciones a este cuerpo legal. Son varios los puntos a considerar para poder corregir el grave perjuicio que se está produciendo.
En primer lugar, se deben endurecer las penas y tipificar el autofraude como un delito grave de manera urgente. Un autofraude es un robo y debe tener penas proporcionales al daño causado. Esto fortalecerá la disuasión y protegerá a las instituciones financieras y a la inmensa mayoría de los usuarios honestos.
Segundo, es necesario un equilibrio entre la protección del consumidor y su responsabilidad individual en las medidas que tome para resguardar sus datos, claves y productos financieros. Ahora la culpa recae en los emisores, pero parte importante de la inclusión financiera es la responsabilidad que tiene cada quien de resguardar y utilizar correctamente sus datos e información confidencial.
Como tercer punto, en la práctica hemos visto cómo determinadas instituciones financieras han aplicado criterios no contemplados en la normativa para desligarse de la responsabilidad que conllevan estas transacciones fraudulentas. Las organizaciones que se deben hacer responsables son aquellas desde la cual fueron transferidos los fondos -a una cuenta de un tercero distinto del titular-, ya que son estas las primeras a las que vulneraron sus sistemas de seguridad.
Por último, pero no menos importante, es fundamental que se regulen las empresas tecnológicas que proveen plataformas de autenticación y prevención de fraude para así cumplir con estándares de calidad y seguridad garantizando la confiabilidad de sus servicios.
Esperamos que en la actualización de la ley se tengan en cuenta no sólo las sugerencias del ejecutivo, sino también de la industria. Endurecer las penas, establecer responsabilidades compartidas entre clientes y bancos, priorizar la responsabilidad de la primera institución vulnerada y regular las empresas tecnológicas de seguridad son medidas esenciales para construir un ecosistema más seguro y confiable que fomente la inclusión financiera.