Requerimiento de Capital Contracíclico: una decisión cuestionable
Señor Director:
Pocas veces una decisión adoptada unánimemente por el Consejo del Banco Central de Chile (BCCh) ha causado tanta controversia como la comunicada este martes respecto de la activación del Requerimiento de Capital Contracíclico (RCC), que estableció un cargo de capital de 0,5% de los activos ponderados por riesgo (APR) al sistema bancario, exigible en el plazo de un año.
De acuerdo con el Banco de Pagos Internacionales (BIS), el RCC “tiene como objetivo proteger al sector bancario de los períodos de crecimiento excesivo del crédito agregado que a menudo se han asociado con la acumulación de riesgos en todo el sistema”. Pero el argumento esgrimido por el Consejo no va en línea con este objetivo, sino que se justifica como una medida precautoria ante la mayor incertidumbre externa, haciendo referencia a las turbulencias iniciadas en marzo producto de la quiebra de algunos bancos en EEUU y Europa.
Esto llama la atención, porque no parece precisamente ser coherente con el objetivo declarado en el propio nombre de esta política macroprudencial, es decir, una medida de carácter contracíclico. De hecho, tanto los créditos comerciales como a personas se encuentran en una fase de desaceleración, tal como se constata en el Informe de Estabilidad Financiera.
Más allá del argumento en sí mismo, la medida tampoco parece apuntar a cubrir el riesgo que un eventual empeoramiento del estrés financiero externo puede acarrearle al comportamiento del crédito bancario en la economía chilena. Esto, porque dicho escenario de riesgo externo es de corto plazo, mientras que la implementación de la medida tarda 1 año.
O sea, si se materializa negativamente este mayor riesgo externo, la banca chilena va a estar recién en proceso de construir un mayor “colchón” de capital, por lo que su capacidad de mitigar los efectos negativos sobre el crédito a nivel local sería aun más restringida.
Helmut Franken
Economista (PhD.), Facultad de Economía y Negocios UST