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Presencialidad y teletrabajo: desafío para los jueces

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Señora Directora:

El CEO de Tesla anunció que todos los trabajadores deberían volver a la oficina. En Chile, Musk debería avisar con 30 días a los trabajadores con quienes se pactó el teletrabajo después del inicio de la relación laboral. Quienes ingresaron como trabajadores remotos tendrán derecho a negarse.

Actualmente son muchas las empresas que están debatiendo entre la vuelta a la oficina, alternativas híbridas o el teletrabajo completo, incluso algunas modificando sus espacios de trabajo para ello. Entonces, cabe la pregunta: ¿qué ocurre si es el trabajador quien decide regresar a la presencialidad y el empleador ya no tiene el espacio para recibirlo?

Debemos advertir que el regreso del trabajador equivale a volver al contrato original, por lo que no le permitiría necesariamente exigir un puesto de trabajo esporádico, sino que uno permanente, como era antes del acuerdo de la modalidad.

Luego, si el empleador ya no puede acceder a la solicitud, la empresa estaría incumpliendo la norma al no otorgar un lugar de trabajo. Los jueces van a tener que definir si este es un incumplimiento grave para un auto despido o si hay derechos fundamentales vulnerados. En mi opinión, para este análisis será clave revisar cómo afecta esto económicamente al trabajador y si la decisión de negar un espacio fue imparcial.

Ante este escenario, las empresas que han reducido sus oficinas deberán comunicar y socializar la flexibilidad del trabajo remoto como parte de su oferta de valor para evitar riesgos.

Tomás Garnham

Abogado, asociado de Guerrero Olivos

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