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Cartas

Minería chilena (II): derechos mineros y nueva Constitución

Por: Equipo DF

Publicado: Jueves 14 de julio de 2022 a las 04:00 hrs.

Señora Directora:

Cifras oficiales señalan que en la cartera de proyectos mineros 2022 a 2030 se esperan inversiones de US$ 69 mil millones y se justifican en alrededor de 90 mil concesiones mineras de explotación.

El sistema propuesto de otorgamiento de nuevos derechos mineros y consiguientemente el acceso, explorar, explotar y beneficiarse de sustancias minerales, según el texto constitucional, quedará sujeto a una definición legal posterior, solo indicándose las condiciones que la regulación -administrativa- debe contemplar. Los requisitos -sin definición aun- de estos nuevos derechos mineros, es que sean de carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental.

La propuesta de Constitución no brinda la certeza y seguridad jurídica suficiente respecto de los derechos mineros vigentes, lo que impedirá que se materialicen nuevas inversiones para ampliaciones o nuevas operaciones mineras, al no establecer un régimen de transición especifico que garantice su vigencia y alcances.

Buenas decisiones jurídicas deben reiterarse. La actual Constitución entrega una solución, al disponer en la disposición segunda transitoria, que los derechos mineros subsistirán bajo el imperio del nuevo Código (regulación), pero en cuanto a sus goces, cargas y extinción prevalecerán las nuevas disposiciones, otorgándose plazo a los titulares para cumplir con los nuevos requisitos.

El estatuto de los minerales es insuficiente en cuanto a la vigencia de los derechos mineros y su transición a una nueva regulación, es el reflejo del gran desconocimiento que hay sobre rol estratégico de la minería para el crecimiento sostenible que anhela nuestro país.

José Luis López y Patricio Cartagena

Abogados ASL Corp

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