¿Ley pareja?
Señor Director:
Después que 15 millones de chilenos ya recibieron de parte de CMPC una compensación por su colusión con SCA en el mercado de los productos tissue, no se entiende por qué a ésta última la Corte Suprema la exime ahora del pago.
Esta sentencia cambia la jurisprudencia de décadas, limitando las acciones de reclamo de la Ley de Protección de Derechos del Consumidor respecto de quienes vendieron directamente los productos tissue. Solo a ellos se les podría reclamar conductas colusivas. ¿Qué pasa en casos como éste donde la ilegalidad la cometen los fabricantes? ¿Por qué el máximo tribunal los deja ahora impunes si antes los había condenado?
La Corte Suprema debe explicar también la forma en que se fraguó el fallo de su Primera Sala: se designó como abogado integrante al debutante Sr. Álvaro Vidal, que es coautor de artículos referidos a materias del derecho del consumidor, junto al profesor Sr. Iñigo de la Maza, quien presentó un Informe en derecho favorable a la demandada SCA en términos similares a los considerandos de la sentencia dictada por el máximo tribunal. Ambos mantienen oficina en sociedad o comunidad y, curiosamente, después de adoptado el acuerdo de fallo se cambió para su redacción al ministro titular por el debutante abogado integrante. Finalmente, es también de interés público saber si el Sr. Vidal debió inhabilitarse de conocer y fallar esta causa.
Stefan Larenas Riobó
Presidente Organización de Consumidores y Usuarios de Chile AC