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Cartas

¿Justicia pendular?

Por: Equipo DF

Publicado: Miércoles 5 de marzo de 2025 a las 04:03 hrs.

Señor Director:

Hace algunos días, por segunda oportunidad, la Corte de Apelaciones revocó la decisión del Juzgado de Garantía que decretó el arresto domiciliario de Cathy Barriga, ordenando su prisión preventiva. Esta resolución, si bien puede parecer llamativa por lo mediático del caso, está lejos de ser excepcional. Aproximadamente de cada 10 apelaciones que presenta fiscalía contra una denegatoria de prisión preventiva, 9 son acogidas, razón por la cual el mito de la “puerta giratoria”, está bastante lejos de la realidad, al menos a nivel de Corte de Apelaciones.

Como en nuestro sistema judicial, a diferencia del anglosajón, no existe el precedente, el día de mañana nuevamente puede ocurrir por tercera vez la misma situación. Ello es parte de las reglas del juego y la jerarquización del Poder Judicial: si bien la prisión preventiva puede siempre revisarse a solicitud de la defensa, y alzarse las veces que un juez encuentre mérito para ello, la cautelar puede reestablecerse las veces que la Corte así lo decida.

Ahora, para evitar una seguidilla de prisiones preventivas que son alzadas y luego restituidas, con la confusión que esto causa en la población, quizás debiese incluirse una modificación legal en orden a hacer en casos excepcionales, partícipe de este controversial debate a la Excelentísima Corte Suprema, tribunal de cinco jueces especializados, que cuando excepcionalmente deben conocer esta materia, con mucho criterio a mi juicio, suele privilegiar la libertad por sobre la prisión preventiva, reestableciendo el olvidado carácter excepcional de la prisión preventiva.

Nelson Salas

Abogado penalista

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